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NTE INEN 0187: Granos y cereales. Maíz en grano. Requisitos PDF

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Republic of Ecuador ≠ EDICT OF GOVERNMENT ± In order to promote public education and public safety, equal justice for all, a better informed citizenry, the rule of law, world trade and world peace, this legal document is hereby made available on a noncommercial basis, as it is the right of all humans to know and speak the laws that govern them. NTE INEN 0187 (1995) (Spanish): Granos y cereales. Maíz en grano. Requisitos INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN Quito - Ecuador NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 187:95 Segunda Revisión GRANOS Y CEREALES. MAIZ EN GRANO. REQUISITOS. 1era Edición GRAINS AND CEREALS. GRAIN CORN. SPECIFICATIONS First Edition DESCRIPTORES: Productos agrícolas. Cereales. Granos. Maíz. AG 05.04-404 CDU: 633 CIIU: 1110 ICS: 67.060 CDU: 633 CIIU: 1110 ICS: 67.060 AG 05.04-404 Norma Técnica GRANOS Y CEREALES NTE INEN 187:95 Ecuatoriana MAIZ EN GRANO (Segunda revisión) Obligatoria 1995-10 REQUISITOS 1. OBJ ETO ón 1.1 Esta norma establece los requisitos que debe cumplir el maíz en grano al momento de la ci uc recepción, y para ser destinado para consumo humano, alimento zootécnico y uso industrial. d o pr e r a a l 2. DEFINICIONES d bi hi o 2.1 Maíz en grano. Es el conjunto de granos procedentes de cualquier variedad o híbrido de la Pr – gramínea Zea mays. or ad u c 2.2 Grano dañado por insectos. Grano que ha sufrido deterioro en su estructura (perforaciones. E o- uit picados deyecciones, etc.) debido a la acción de insectos. Q – bre 2.3 Grano dañado por hongos. Grano que ha sufrido deterioro en su estructura debido a la acción de m e hongos. ci Di e d 2.4 Maíz Infestado. Maíz en grano que contiene insectos vivos en cualquiera de sus estados 6 e. biológicos. v A y 4 5 2.5 Grano dañado por el calor. Grano que ha sufrido deterioro en su estructura y presenta un color 4 o riz diferente al característico de la variedad o híbrido (ejemplo: exceso de calor, respiración excesiva, e u q etc.). a B – 99 2.6 Grano cristalizado. Grano que presenta fisuras en el endospermo, debido por ejemplo a: cambios 9 3 1- bruscos de temperatura y al excesivo manipuleo mecánico. 0 7- 1 silla 2.7 Grano quebrado (partido). Grano de maíz, con menos de 3/4 del tamaño característico de la Ca variedad o híbrido. N, E N n, I 2.8 Grano germinado. Grano en que resulta evidente el comienzo del proceso de germinación, por ció ejemplo, la rotura del tegumento a través del cual ha brotado o esta por brotar el germen. a z ali m 2.9 Impurezas. Todo material diferente al grano de maíz (tusas, restos de hojas, tallos, otros granos o or e N semillas que no sean de maíz, polvo, tierra, etc.) d o n oria 2.10 Maíz en grano limpio para consumo. Aquel que contiene como máximo el 1% de impurezas. at u Ec 2.11 Madurez comercial. Grano de maíz que ha cumplido su madurez fisiológica, que posee o ut características adecuadas para el consumo y requeridas por el mercado. stit n I 2.12 Aflatoxina. Grupo de metabolitos altamente tóxicos producidos por algunas cepas de los hongos Aspergillus spp, así como también por otros hongos relacionados con el deterioro de los alimentos. (Continúa) DESCRIPTORES: Productos agrícolas. Cereales. Granos. Maíz. -1- NTE INEN 187 1995-10 2.13 Plaguicida. Sustancia química o biológica, que se utiliza sola, combinada o mezclada para prevenir, combatir o destruir, repeler o mitigar: insectos, hongos, bacterias, nemátodos, ácaros, moluscos, roedores, malas hierbas o cualquier otra forma de vida que cause perjuicios directos o indirectos a los cultivos agrícolas, productos vegetales y plantas en general. Igualmente cualquier sustancia o mezcla de sustancias que se las use como defoliantes, desecantes o reguladores de crecimiento. 2.14 Suciedad. Toda impureza de origen animal 2.15 Otras definiciones constan en la NTE INEN 2 050. 3. REQUISITOS ESPECÍFICOS 3.1 Maíz en grano en la recepción. 3.1.1 El maíz en grano al momento de la recepción debe cumplir con los requisitos que a continuación se describen y los que se establecen en la tabla 1. TABLA 1. Requisitos del maíz en grano al momento de la recepción. % % METODO REQUISITOS MINIMO MAXIMO DE m/m m/m ENSAYO HUMEDAD 13 30 NTE INEN 1 513 IMPUREZAS - 10 NTE INEN 1 236 QUEBRADOS - 5 NTE INEN 1 236 DAÑADOS NTE INEN 1 236 Calor 2,0 Hongos 2,0 Insectos 2,0 Otras causas 1,5 3.1.2 El maíz en grano no deberá estar infestado, para que durante el almacenamiento no se alteren las características del grano. 3.1.3 El maíz en grano tendrá como máximo el 0,5% de granos germinados. 3.2 Maíz en grano para consumo y uso industrial 3.2.1 El maíz en grano para consumo y uso industrial debe cumplir con los requisitos que a continuación se describen y los que se establecen en la tabla 2. (Continúa) - 2 - 1995-017 NTE INEN 187 1995-10 TABLA 2. Requisitos del maíz en grano para consumo y uso industrial. Grado Granos Granos quebrados cristalizados % Máximo % Máximo m/m m/m 1 hasta 2 menor que 5 2 > 2 a 5 5 3 > 5 a 7 6 4 > 7 a 10 7 GRANOS DAÑADOS POR: Gra do Ca lor Hon gos Insec tos TOT AL % Máximo % Máximo % Máximo 1 0,5 0,5 0,5 1,5 2 1 1 1,0 3,0 3 2 2 1,5 5,5 4 3 3 2,0 8,0 Para determinar el cumplimiento de requisitos (tabla 2), el método de ensayo será el descrito en el NTE INEN 1 236. m/m = masa sobre masa 3.2.2 El porcentaje máximo de humedad será de 13%, el que será determinado o ensayado de acuerdo a lo establecido en la NTE INEN 1 513. 3.2.3 El porcentaje máximo de impurezas para cualquiera de los grados será de 1%. 3.2.4 El maíz en grano, debe regirse a las normas establecidas por la FAO/OMS, en cuanto tiene que ver con los límites de recomendación de plaguicidas y productos afines, metales pesados hasta tanto se elaboran las regulaciones correspondientes. 3.2.5 Los granos dañados por estas causas que no se citan en los numerales anteriores serán máximo de 0,5% para los cuatro grados. 3.2.6 No se aceptará granos infectados, en ninguno de los grados que se indican en esta norma. 3.2.7 No se aceptará más del 5% de granos de otros colores, cuando se trate de maíz amarillo y de otros colores en tanto que para el caso de maíz blanco no se aceptará más del 2% de maíz de otros colores. 3.2.8 El maíz en grano tendrá un contenido máximo de 20 microgramos por kilogramo (20 ppb) de aflatoxinas. Método de ensayo NTE INEN 1 563. (Continúa) - 3 - 1995-017 NTE INEN 187 1995-10 3.2.9 El maíz en grano deberá estar libre de: olores a moho, fermentado, agroquímicos, o cualquier otro que pueda considerarse objetable. 3.2.10 El porcentaje mínimo de proteína del maíz en grano deberá ser de 8%. Método de ensayo NTE INEN 519. 4. REQUISITOS COMPLEMENTARIOS 4.1 La humedad de almacenamiento de los granos de maíz podrá oscilar entre 12 y 13%. 4.2 La bodega de almacenamiento deberá presentarse limpia, desinfectada, tanto Interna como externamente, protegida contra el ataque de roedores y pájaros. 4.3 Cuando se asperje plaguicidas, se deberán utilizar los permitidos por la Ley para formulación, fabricación. Importación, comercialización y empleo de plaguicidas y productos afines de uso agrícola (Ley No. 73). 4.4 Los envases conteniendo los granos de maíz deberán ser almacenados sobre palets (estibas). 5. INSPECCIÓN 5.1 Muestreo 5.1.1 El muestreo se efectuará de acuerdo a lo establecido en la NTE INEN 1 233. 5.1.2 Aceptación o rechazo. Si la muestra ensayada no cumple con uno o más de los requisitos establecidos en esta norma, se considerará no clasificada. En caso de discrepancia se repetirán los ensayos sobre la muestra reservada para tales efectos. 6. ENVASADO 6.1 El maíz en grano para consumo deberá ser comercializado a granel o en envases, que aseguren la protección del producto contra la acción de agentes externos que puedan alterar sus características químicas o físicas; resistir las condiciones de manejo. transporte y almacenamiento. 7. ETIQUETADO 7.1 Los envases destinados a contener maíz en grano serán etiquetados de acuerdo a lo establecido en la NTE INEN 1 334. (Continúa) - 4 - 1995-017 NTE INEN 187 1995-10 APENDICE Z Z.1 DOCUMENTOS NORMATIVOS A CONSULTAR Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 233:1987 Granos y cereales. Muestreo Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 236:1987 Granos y cereales. Método de ensayo. Arroz, soya, maíz. Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 334:1986 Rotulado de productos alimenticios para consumo humano. Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 513:1987 Granos y cereales. Maíz. Determinación del conte- nido de humedad. Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 563:1986 Determinación del contenido de aflatoxinas B1. Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 050:1995 Granos y cereales. Maíz en grano. Definiciones y clasificación Z.2 BASES DE ESTUDIO Norma Codex Alimentaria. CAC/Vol. XVIII-1a. Ed. Normas del Codex para cereales, legumbres, leguminosas y productos derivados. Roma, 1987. Norma Colombiana. ICONTEC 366. Industrias alimentarias. Maíz en grano para consumo. Bogotá 1981. Norma Centroamericana ICAITI 34 047. Granos contaminados. Maíz en grano. Guatemala 1978. Roberto W. Variedades mejorías, métodos de cultivo y producción de semillas. Editorial Limusa. México, 1987. Reyes Pedro flagencina básica y aplicada. AGT, editor, S.A. México, 1987. Ramírez M. Almacenamiento y conservación de granos y semillas. Editorial Continental. México, 1982. - 5 - 1995-017 INFORMACION COMPLEMENTARIA Documento: TITULO: Código NTE INEN 187 GRANOS Y CEREALES, MAIZ EN GRANO. REQUISI- AG 05.04-404 (2da. Revisión) TOS . ORIGINAL: REVISION: Fecha de iniciación del estudio: Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo. 1986-01-29 1994-01-02 . Oficialización por Acuerdo No. .91 de 1986-02-04 publicado en el Registro Oficial No 380 de 1986-02-21 . Fecha de iniciación del estudio 1994-02-01 . Fechas de consulta pública: de.........................................................a..................................... Subcomité Técnico (o Comité Interno): Granos y cereales . Fecha de iniciación: 1994-08-02 . Fecha de aprobación: 1994-10-27 . Integrantes del Subcomité Técnico (o Comité Interno): NOMBRE: INSTITUCION REPRESENTADA: Ing. César Cáceres (Presidente) CAMARA DE AGRICULTURA Sr. Jorge Vaca MICIP Ing. César Mayorga MAG – DIRECCION NACIONAL AGROPE- CUARIA Ing. Juan Sánchez ECUAGRAN Ing. Luís Daqui AFABA Ing. Wilfrido Salazar MAG – SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE INVERSION Ing. Santiago Crespo INIAP - PICHILINGUE Ing. Jorge Alvarez ALTRESA Sr. Jorge Quintana ALMAGRO Dra. Blanca Núñez MOLINOS CHAMPION Sra. Paola Reza VIGOR S. A. Ing. Xavier Cevallos MICIP Ing. Milo Rosado MAG – PROGRAMA NACIONAL DEL ALGO- DON, SOYA, MAIZ Dr. Sergio Minelli OLEICA S. A. Sr. Víctor Toala MICIP Ing. Luís Balladares BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS Ing. Guido Zurita Z. (Secretario Técnico) INEN Otros trámites: ..................................................................................................................................................... ..................................................................................................................................................... CARACTER: Se recomienda su aprobación como: Obligatoria . Oficializada como Obligatoria . Aprobación por Consejo Directivo en sesión de Por Acuerdo Ministerial No 0250 de 1995-09-05 . 1995-07-04 como Obligatoria Registro Oficial No 793 .de 1995-10-02 Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN - Baquerizo Moreno E8-29 y Av. 6 de Diciembre Casilla 17-01-3999 - Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 - Fax: (593 2) 2 567815 Dirección General: E-Mail:[email protected] Área Técnica de Normalización: E-Mail:[email protected] Área Técnica de Certificación: E-Mail:[email protected] Área Técnica de Verificación: E-Mail:[email protected] Área Técnica de Servicios Tecnológicos: E-Mail:[email protected] Regional Guayas: E-Mail:[email protected] Regional Azuay: E-Mail:[email protected] Regional Chimborazo: E-Mail:[email protected] URL:www.inen.gov.ec

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