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la vía administrativa de revisión de los procedimientos licitatorios de PDF

373 Pages·2015·2.47 MB·Spanish
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Universidad de Chile Facultad de Derecho Departamento de Derecho Procesal LA VÍA ADMINISTRATIVA DE REVISIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS LICITATORIOS DE LA LEY N° 19.886 TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES MARIANO GUAJARDO PADILLA PROFESOR GUÍA: ALEX PESSÓ STOULMAN SANTIAGO DE CHILE JUNIO DE 2015 Santiago, 25 de Junio de 2015 Señor Francisco Ferrada Culaciati Director Departamento de Derecho Procesal Facultad de Derecho Universidad de Chile PRESENTE REF: Informa sobre memoria de grado De mi consideración, Junto con saludarlo, por intermedio de la presente vengo en informar la memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, titulada «La Vía Administrativa de Revisión de los Procedimientos Licitatorios de la Ley N° 19.886», cuyo autor es el egresado de nuestra Facultad, señor Mariano Guajardo Padilla. La memoria tiene por objeto analizar las vías de revisión y de impugnación existentes en los procedimientos preparatorios de contratos administrativos regidos por la Ley N° 19.886 que establece las Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, poniéndose énfasis en los mecanismos de naturaleza administrativa. Esta tesis plantea que pese a la desconfianza existente respecto a la vía administrativa, fundada en el hecho que es la propia Administración la llamada a resolver estas reclamaciones, aparece como una alternativa útil y expedita, que podría llegar a ser en ciertos casos incluso más conveniente que incoar un proceso de carácter jurisdiccional ante el Tribunal de Contratación Pública. La investigación está estructurada en un resumen, una introducción, seis capítulos, las conclusiones, la bibliografía y un anexo que contiene documentación recibida a través de solicitudes de información pública en virtud de la Ley N°20.285, sobre reclamaciones administrativas en materia de contratación pública. En el primer capítulo denominado “El Control de los Actos Administrativos” el autor analiza el control como principio fundamental del derecho público, sus fundamentos constitucionales, las características que debe revestir un sistema de control, pasando luego a la revisión en particular del control jurisdiccional y el control administrativo. El autor señala en la parte final de este capítulo, anticipando la orientación de su tesis basal que :” Como observan estos autores, las ventajas que ofrece la judicialización de la impugnación de los actos administrativos no son tales, pues la posibilidad de llevar a la Administración ante la justicia si bien es garantía de amparo de los administrados, la supuesta imparcialidad de los tribunales no garantiza la completa satisfacción de sus intereses, la que además puede verse mermada por la demora que implica un juicio y sus costos” En el segundo capítulo, el autor analiza los contratos de suministro y prestación de servicios de la ley 19.886 y sus procedimientos licitatorios. El autor sistematiza adecuadamente el ámbito de aplicación de la Ley 19.886, los contratos administrativos, los procedimientos de contratación administrativa contemplados en la ley 19.886 y en especial las etapas del proceso licitatorio respecto de las cuáles posteriormente analizará pormenorizadamente los mecanismos de impugnación que permitirían impugnar en cada una de ellas En el tercer capítulo, relativo a la revisión vía administrativa de los procedimientos licitatorios de contratos de suministro y prestación de servicios, cabe destacar el análisis efectuado por el autor respecto al mecanismo denominado reclamo en mercadopublico.cl que se interpone en el sitio web administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública. El autor establece las diferencias que existen entre dicho mecanismo y el recurso de reposición administrativa. Además se analiza con acierto la naturaleza jurídica del reclamo ante mercadopublico.cl y se aclara si este mecanismo puede ser considerado un recurso administrativo no reglado, concluyendo que: “En consecuencia, no es posible referirse a los reclamos del portal mercadopublico.cl como recursos administrativos no reglados y menos como recursos reglados…” En el mismo tema, se analizan algunos casos en que el Tribunal de Contratación Pública ha establecido que estos reclamos constituyen recursos administrativos y por tanto una vez presentados suspenden el plazo para interponer la acción de impugnación correspondiente frente al mismo Tribunal de Contratación Pública. El Capítulo cuarto versa sobre la revisión administrativa de los actos en particular que conforman los procedimientos licitatorios de acuerdo a la Ley N° 19.886 y el capítulo quinto establece derechamente las eventuales ventajas que presenta la vía administrativa. Cabe destacar el análisis crítico efectuado por el autor sobre algunos fallos del Tribunal de Contratación Pública, que en lo concreto lo llevan a señalar que: “La intervención del Tribunal, como se aprecia, es prácticamente inútil, sin perjuicio de la posibilidad que la acción y la correspondiente notificación de la demanda de impugnación puedan haber influido en la decisión de las entidades licitantes a invalidar sus actos, sin embargo esta es una mera suposición”. El autor considera además que “…el Tribunal de Contratación Pública se ve fuertemente limitado, por un lado por el estrecho ámbito competencial que le ha otorgado el legislador, ya sea por su competencia temporal dentro del procedimiento, la que se da entre la aprobación de las bases y la adjudicación; sea por su falta de competencias para adjudicar o re adjudicar un contrato de suministro o prestación de servicios; o por su negativa a declarar la nulidad de los actos ilegales o arbitrarios de la entidad licitante por razones prácticas o jurídicas” A modo de conclusión, el autor establece acertadamente y en base al profundo análisis desarrollado en su trabajo las ventajas y desventajas del uso de la vía administrativa como mecanismo de impugnación, acotando que : “ La vía administrativa en procedimientos licitatorios de compras públicas, reconociendo sus puntos críticos, los que no son exclusivos de esta materia, sino que de la generalidad de los procedimientos administrativos, aparece como una alternativa digna de considerar por los proveedores que estimen que han sido afectados de manera ilegal o arbitraria por las entidades licitantes. La rápida resolución que ofrece en contraste con la impugnación jurisdiccional, es un aspecto no menor, además de las competencias de la entidad licitante y la economicidad de estos medios de revisión. A la luz del objetivo propuesto por el memorista, este profesor guía puede darlo por cumplido cabalmente. El análisis bibliográfico, el adecuado manejo de las fuentes disponibles, la pertinencia en la descripción y análisis de las materias contenidas, así como la organización exhaustiva de las materias y sus fuentes, dan como resultado un trabajo de investigación relevante que representará, sin duda, un aporte a nuestro medio jurídico nacional y regional. En mérito de lo expuesto, este profesor guía se permite calificar la memoria que nos ocupa con nota 7 (siete). Prof. Alex Pessó Stoulman Coordinador Académico Centro de Estudios en Derecho Informático A mi Madre, Marion y Paulina, gracias por todo. A mi Padre, cumpliendo lo que en vida fuera su anhelo. AGRADECIMIENTOS Quisiera agradecer y hacer mención a las personas que me brindaron su colaboración y apoyo en la elaboración del presente trabajo. En primer lugar me gustaría agradecer al señor Alex Pessó Stoulman por la confianza otorgada al patrocinar esta memoria de prueba y en el curso de Contratación Administrativa y Nuevas Tecnologías, por su buen consejo, opinión y buena disposición a lo largo de los últimos meses. Al profesor Claudio Moraga Klenner, por todo el conocimiento entregado en el aula, en especial en la cátedra de Contratación Administrativa, por su apertura al debate, consejo y buena voluntad al aceptar la tarea de revisar este trabajo para efectos de su evaluación. Al profesor Julio Pallavicini Magnere, quien me introdujo en el estudio del Derecho Administrativo y en concreto en este trabajo, por su orientación en lo que refiere a directivas de Contraloría General de la República en cuanto a la no fatalidad de los plazos para la Administración y sus efectos. Al señor Andrés Ruiz Ibáñez, Jefe de la División Jurídica Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública y doña Dora Ruiz Madrigal, Jefa del Observatorio de la misma institución, por la valiosa información proporcionada en lo que refiere a los reclamos de mercadopublico.cl y su tramitación. Al señor Felipe Olmos Carrasco, Secretario del Tribunal de Contratación Pública, por facilitarme algunas resoluciones de dicha magistratura en relación con reclamos interpuestos vía mercadopublico.cl. Por último me gustaría agradecer de manera especial a Paulina, mi novia, por su amor, apoyo y permanente compañía. No puedo dejar de mencionar las incontables ocasiones que con atención y paciencia escuchó mis ideas y dio su parecer sobre algunos pasajes de este trabajo. ABREVIATURAS UTILIZADAS art. (s) : artículo(s). CPR : Constitución Política de la República. DFL : Decreto con Fuerza de Ley. DL : Decreto Ley. DS : Decreto Supremo. Excma. : Excelentísima. Iltma. : Ilustrísima. LBCASyPS : Ley de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley N° 19.886). LBPA : Ley de Bases de Procedimientos Administrativos (Ley 19.880). LOCBGAE : Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. LOCCGR : Ley Orgánica Constitucional Contraloría General de la República. LOCGAR : Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. LOCM : Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. RLBCASyPS : Reglamento Ley de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Decreto Supremo N° 250 de 2004 Ministerio de Hacienda). TCP : Tribunal de Contratación Pública.

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ámbito del principio de subsidiariedad, pasando a un estadio de que contuviese los principios activos Imipenem y Cilastina Sódica, ambos en.
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