La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 13 de noviembre del 2015 AÑO CXXXVII Nº 221 80 páginas Pág 2 La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Decretan: CONTENIDO “DeSIGnar a La OFIcIna De aSeSOrÍa tÉcnIca Y reLacIOneS InternacIOnaLeS De La FIScaLÍa Pág GeneraL De La rePÚBLIca cOMO aUtOrIDaD Nº PODER EJECUTIVO centraL en cUMPLIMIentO De La cOnVencIÓn Decretos ..................................................................2 De nacIOneS UnIDaS cOntra eL trÁFIcO Acuerdos .................................................................6 ILÍcItO De eStUPeFacIenteS Y SUStancIaS Resoluciones .........................................................17 PSIcOtrÓPIcaS, LeY n° 7198” DOCUMENTOS VARIOS......................................18 Artículo 1º—Reformar el Decreto Ejecutivo Nº 31806-MP- RREE, para que en lo conducente indique: PODER JUDICIAL “Artículo 1. Designar a la Oficina de Asesoría Técnica y Avisos ....................................................................27 Relaciones Internacionales (OATRI) de la Fiscalía General TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES de la República, como Autoridad Central, para que cumpla Acuerdos ...............................................................27 con todas las atribuciones y obligaciones impuestas por el Edictos ...................................................................29 artículo 7 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Avisos ....................................................................29 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, Ley Nº 7198.” CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ..............30 Artículo 2º—Rige a partir de su publicación. REGLAMENTOS ...................................................40 Dado en la Presidencia de la República a los veintinueve días REMATES ...............................................................50 del mes de junio del dos mil quince. INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........50 LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El Ministro de la RÉGIMEN MUNICIPAL .......................................59 Presidencia, Sergio Iván Alfaro Salas.—El Ministro de Relaciones AVISOS.....................................................................60 Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° NOTIFICACIONES ................................................78 12.—Solicitud N° 2135.—(D39162-IN2015073607). CITACIONES ..........................................................80 N° 39233-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PODER EJECUTIVO Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de DECRETOS la Constitución Política de la República de Costa Rica; 25.1 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 Nº 39162-MP-RREE de mayo de 1978; la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico- Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, publicada en EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre de 1995; y el EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Decreto Ejecutivo N° 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Histórico-Arquitectónico de Costa Rica (N° 7555) del 14 de marzo En uso de las facultades y atribuciones que les confieren los del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 219 del 14 de artículos 140, inciso 3), 10), 12) y 18) de la Constitución Política y noviembre del 2005, y, los numerales 25, 27 inciso 1, 28 inciso 2), acápite b), 99 y 100 de Considerando: la Ley General de la Administración Pública y de conformidad con I.—Que la casa propiedad del señor Carlos Elier Ramírez lo establecido en el numeral 7 párrafo 8 de la Ley Nº 7198, del 25 Gómez, con área de terreno de 1003.56 m2 y una construcción de 52 de setiembre de 1990, “Convención de la Naciones Unidas contra el m2 en bahareque, ubicada en el distrito 08 - Tierra Blanca, del cantón Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas”. central de la provincia de Cartago, actualmente denominada “Casa y Solar de la Familia Garita Aragón”, es un ejemplo representativo Considerando: de la arquitectura tradicional costarricense de los siglos XVIII y I.—Que según el artículo 7° de la Convención de las Naciones XIX. Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias II.—Que es un inmueble que conserva su autenticidad e Psicotrópicas, las partes designarán una Autoridad Central, con integridad física, tanto en materiales como en técnica constructiva. facultades para dar cumplimiento a las solicitudes de asistencia III.—Que la antigüedad de la misma y su sistema constructivo judicial recíproca o tramitarlas a las autoridades competentes para en bahareque, la convierten en una muestra informativa de la realidad económica, histórica, social y cultural de su tiempo. su ejecución. IV.—Que por Acuerdo Firme N° 3 tomado por la Comisión II.—Que la Autoridad Central deberá cumplir con las Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, atribuciones y obligaciones impuestas en dicha Convención. en sesión ordinaria N° 008-2015 del 6 de mayo de 2015, se emitió III.—Que la tendencia actual en materia de cooperación la opinión favorable, requerida por el artículo N° 7 de la Ley N° internacional, dicta que los Ministerios Públicos son lo que 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica deben constituirse en Autoridades Centrales de las Convenciones y el artículo N° 9 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 32749-C, Internacionales, por ser los encargados del diligenciamiento de las Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de asistencias de cooperación. Por tanto; Costa Rica. Carlos Alberto Rodríguez Pérez Dorelia Barahona Riera director general iMprenta nacional representante editorial costa rica director eJecUtiVo JUnta adMinistratiVa Carmen Muñoz Quesada Said Orlando de la Cruz Boschini Ministerio de gobernación y policía representante Ministerio de cUltUra y JUVentUd La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Pág 3 V.—Que por las condiciones histórico-arquitectónicas citadas, Artículo 3°—Informar al propietario del inmueble, que esta y con fundamento en la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico- declaratoria prohíbe su demolición, o remodelación parcial o total, sin Arquitectónico de Costa Rica y el Decreto Ejecutivo N° 32749-C, la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial. Costa Rica; el Ministerio de Cultura y Juventud realizó la instrucción Artículo 4°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. del procedimiento administrativo para declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble en Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día once cuestión, cuyo acto final dictado por resolución administrativa DM- de agosto del año dos mil quince. 089-2015 de las 08:30 horas del 12 de mayo de 2015, se encuentra LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Cultura firme. y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—1 vez.—O. C. N° 24294.— VI.—Que es deber del Estado conservar, proteger y preservar Solicitud N° 6856.—(D39233 - IN2015074401). el patrimonio histórico-arquitectónico y cultural de Costa Rica. Por tanto, Nº 39260-MGP Decretan: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA DECLARATORIA E INCORPORACIÓN AL PATRIMONIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), HISTÓRICO-ARQUITECTÓNICO DE COSTA RICA, DEL 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo INMUEBLE DENOMINADO “CASA Y SOLAR 27 inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General DE LA FAMILIA GARITA ARAGÓN” de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982, Artículo 1°—Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico- reformada por Ley Nº 7974 del 26 de enero del 2000 y el artículo III, Arquitectónico de Costa Rica, bajo la categoría de edificación, inciso 2), del acuerdo de la sesión ordinaria Nº 37, celebrada el día 21 del inmueble conocido como “Casa y Solar de la familia Garita de setiembre de 2015, por la Municipalidad del Cantón de Zarcero, Aragón”, ubicado en la finca matrícula de folio real N° 016131 del provincia de Alajuela. Por tanto: Partido de Cartago, con plano catastrado N° C-0383564-1980, de Decretan: la provincia de Cartago, Cantón Central Cartago, distrito Tierra Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del Blanca, propiedad del señor Carlos Elier Ramírez Gómez, portador Cantón de Zarcero, Provincia de Alajuela, el día 23 de octubre del 2015, de la cédula de identidad N° 3-0176-0270, con fundamento en el con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la Estudio Técnico elaborado en el año 2014, por la historiadora Zaida celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho cantón. Ruiz Briceño y la arquitecta Cristina Salas Guzmán, funcionarias Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, Cultural; aprobado por la Comisión Nacional de Patrimonio con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular Histórico-Arquitectónico de Costa Rica por acuerdo N° 05-2014 interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios del capítulo 3º, tomado en sesión ordinaria N° 020-2014 realizada de esa Cartera que laboren para ese Cantón. el día 3 de diciembre de 2014; la Opinión Favorable emitida por Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico, General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien según acuerdo firme N° 3 tomado en la sesión ordinaria N° 008- determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General 2015 del 6 de mayo de 2015; la Ley N° 7555 - Ley de Patrimonio de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará Histórico Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre cantón. de 1995; y el Decreto Ejecutivo N° 32749-C- Reglamento a la Ley Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica del 14 de con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de marzo del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 219 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de del 14 de noviembre del 2005. Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará Artículo 2.—Informar al propietario del inmueble, que esta como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese declaratoria le impone las siguientes obligaciones: Cantón. a. Conservar, preservar y mantener adecuadamente el inmueble. Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores b. Informar sobre su estado y utilización al Centro de policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede Cartera Ministerial, cuando éste lo requiera. ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por c. Permitir el examen y el estudio del inmueble por parte de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de investigadores, previa solicitud razonada y avalada por el Seguridad Pública N° 5482. Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Artículo 6º—Rige el día 23 de octubre del 2015. Cultural de esta Cartera Ministerial. Dado en la Presidencia de la República, San José, a las once horas d. Permitir la colocación de elementos señaladores de la presente con siete minutos del día veintitrés de setiembre del año dos mil quince. declaratoria, en la estructura física del inmueble. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de e. Permitir las visitas de inspección que periódicamente Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. N° realizarán los funcionarios acreditados por el Centro de 23926.—Solicitud N° 0739.—(D39260-IN2015073579). Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, y colaborar con ellos, en la medida de Nº 39261-MGP sus posibilidades, para determinar el estado del inmueble y la EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA forma en que se está atendiendo su protección y preservación. Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA f. Cumplir con la prohibición de colocar placas y rótulos Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), publicitarios de cualquier índole, que por su dimensión, 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo colocación, contenido o mensaje, dificulten o perturben la 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General contemplación del inmueble. de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de g. Solicitar autorización al Centro de Investigación y Conservación 1982, reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del 2000 y el del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial antes de Artículo III, Inciso VIII, del acuerdo de la Sesión Ordinaria Nº 463 reparar, construir, restaurar, rehabilitar o ejecutar cualquier celebrada el día 16 de setiembre del año 2015, por la Municipalidad clase de obras que afecten la edificación o su aspecto. del Cantón de Atenas, Provincia de Alajuela. Por tanto, Pág 4 La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Decretan: Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede cantón de Atenas, provincia de Alajuela, el día 23 de octubre de ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por 2015, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de motivo de la celebración de las Fiestas Cívicas de dicho cantón. Seguridad Pública N° 5482. Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio Artículo 6º—Rige el día 04 de noviembre del 2015. de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y Dado en la Presidencia de la República, San José, a las 10:00 mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como horas del día 07 de setiembre del año 2015. asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección Gobernación y Policía.—Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. N° General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, 23926.—Solicitud N° 0735.—(D39262-IN2015073575). quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado Nº 39264-MGP se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA laboren en ese cantón. Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982, Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado reformada por Ley Nº 7974 del 26 de enero del 2000 y el Acuerdo N° se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que 1058, Acta Nº 409-2015 de la sesión celebrada el día 08 de setiembre de laboren en ese cantón. 2015, por la Municipalidad cantón de El Guarco, provincia de Cartago. Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores Por tanto, policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede Decretan: ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de cantón de El Guarco, provincia de Cartago, el día 08 de diciembre del Seguridad Pública número 5482. 2015, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo Artículo 6º—Rige el día 23 de octubre del 2015. de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho cantón. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de quince horas y veinticinco minutos del día diecisiete de setiembre Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, del dos mil quince. con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de de esa cartera que laboren para ese cantón. Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección Nº 23926.—Solicitud Nº 0737.—(D39261 - IN2015073798). General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General Nº 39262-MGP de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA cantón. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de de 1982, reformada por Ley N° 7974 del 26 de enero del 2000 y el Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará inciso 04, artículo N° 16, de la sesión ordinaria N° 47, celebrada el como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón. día 10 de agosto del 2015 por la Municipalidad del Cantón de San Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores Carlos, provincia de Alajuela. Por tanto: policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede Decretan: ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de cantón de San Carlos, provincia de Alajuela, el día 04 de noviembre Seguridad Pública número 5482. del 2015, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con Artículo 6º—Rige el día 08 de diciembre del 2015. motivo de las Fiestas Cívico. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las diez Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio horas con diez minutos del día veintitrés de setiembre del dos mil de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien quince. determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. Nº asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón. 23926.—Solicitud Nº 0738.—(D39264 - IN2015073802). Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, Nº 39265-MGP quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA laboren en ese cantón. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General determine, con base en el artículo 6° inciso c) de la Ley 12 del 30 de de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982, octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del reformada por Ley Nº 7974 del 26 de enero del 2000 y el Acuerdo 1, Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado Artículo XIV, Acta N° 407-2015 de la Sesión Ordinaria celebrada el día se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que 29 de setiembre de 2015, por la Municipalidad del cantón Central de laboren en ese cantón. Cartago, provincia de Cartago. Por tanto, La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Pág 5 Decretan: Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede cantón Central de Cartago, provincia de Cartago, el día 29 de octubre ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por del 2015, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de motivo de la celebración de las Fiestas Cívicas de dicho cantón. Seguridad Pública N° 5482. Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien Artículo 6º—Rige el día 30 de octubre del 2015. determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como nueve horas del día cinco de octubre del dos mil quince. asueto a los funcionarios de esa Cartera que laboren para ese cantón. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, Nº 23926.—Solicitud Nº 0741.—(D39266 - IN2015073789). quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día N° 39268-H señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Dirección que laboren en ese cantón. Y EL MINISTRO DE HACIENDA Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien Con fundamento en las atribuciones que les confieren los determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración laboren en ese cantón. Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede reformas; la Ley N° 5251 de 11 de julio de 1973 y sus reformas; ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de reformas; el Decreto Ejecutivo N° 38279-H de 7 de marzo de 2014 Seguridad Pública N° 5482. y sus reformas y la Directriz N° 023-H, Sobre la Eficiencia, Eficacia Artículo 6º—Rige el día 29 de octubre del 2015. y Transparencia en la Gestión Presupuestaria de la Administración Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las once Pública de 27 de marzo de 2015 y su reforma. horas y treinta minutos del día cinco de octubre del dos mil quince. Considerando: LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de 1º—Que mediante la Ley N° 5251, publicada en La Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. Gaceta N° 136 de 20 de julio de 1973 y sus reformas, se creó Nº 23926.—Solicitud Nº 0742.—(D39265 - IN2015073794). la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI), como una institución de derecho público, encargada entre otros, de promover Nº 39266-MGP el mejoramiento social, económico y cultural de la población indígena; servir de instrumento de coordinación entre las distintas EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA instituciones públicas obligadas a la ejecución de obras y a la Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA prestación de servicios en beneficio de las comunidades indígenas; Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos promover la investigación científica del modo de vida de los grupos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), indígenas; fomentar la divulgación de los asuntos indigenistas a artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley fin de crear conciencia sobre éstos. General de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de marzo 2º—Que mediante el oficio DE-135-15 de 5 de junio de 2015, de 1982, reformada por Ley Nº 7974 del 26 de enero del 2000 y el el Director Ejecutivo de la CONAI solicitó incrementar el gasto Acuerdo N° 02 Artículo Quinto, de la Sesión Ordinaria 502-201, presupuestario máximo de dicha institución para el 2015, por un monto celebrada el día 22 de setiembre de 2015, por la Municipalidad del total de ¢162.789.680,79 (ciento sesenta y dos millones setecientos cantón de Quepos, provincia de Puntarenas. Por tanto, ochenta y nueve mil seiscientos ochenta colones con setenta y nueve Decretan: céntimos), con la finalidad de atender las obligaciones derivadas de Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del la citada Ley N° 5251, a saber: promover el mejoramiento social, cantón de Quepos, provincia de Puntarenas, el día 30 de octubre del económico y cultural de la población indígena con miras a elevar 2015, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con sus condiciones de vida y a integrar las comunidades aborígenes motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho al proceso de desarrollo, así como los compromisos institucionales cantón. establecidos en el Plan Operativo Institucional 2015 y en el Plan Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio Nacional de Desarrollo vigente. Dicha solicitud fue avalada por el de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien señor Ministro de Desarrollo Humano e Inclusión Social, mediante el determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y oficio MDHIS-0023-03-2015 de 19 de marzo de 2015. mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como 3º—Que de dicho monto, corresponde ser ampliada por la asueto a los funcionarios de esa Cartera que laboren para ese cantón. vía de Decreto Ejecutivo la suma de ¢62.789.680,79 (sesenta y Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección dos millones setecientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, colones con setenta y nueve céntimos), misma que será sufragada con quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de recursos provenientes de superávit libre, que servirán para financiar la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día los servicios telemáticos de la oficina regional en Limón centro y señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa remozar el sitio WEB institucional; pago de primas del seguro de la Dirección que laboren en ese cantón. flotilla vehicular y reparación de la misma; pagos de marchamos y Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto multas, acondicionamiento del archivo central institucional; gastos Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien asociados y derivados por la realización de la próxima Asamblea determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de General Ordinaria; compra de diversos productos de papel, cartón, octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del impresos, ataúdes, escritorios, muebles, sillas, programas y equipos Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado de cómputo, para adquirir un programa de geolocalización para el se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que Departamento de Estudios Territoriales y para reforzar el equipo de laboren en ese cantón. vigilancia del edificio (cámaras). Pág 6 La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 4º—Que en acatamiento a lo ordenado en la Directriz No. Artículo 3º—También será responsabilidad de la administración 023-H, publicada en La Gaceta N° 75 de 20 de abril de 2015 y activa de la CONAI, informar de la emisión de la resolución que su reforma, la CONAI determinó que en el caso de las subpartidas justifique la utilización de los recursos contemplados en la presente afectadas por la referida Directriz, no cuenta con los recursos ampliación, ligados a las subpartidas afectadas por la Directriz 023-H, humanos o materiales, que le permitan ejecutar las actividades publicada en La Gaceta N° 75 de 20 de abril de 2015 y su reforma, señaladas y cumplir con sus obligaciones, y ante la imposibilidad a los efectos de que sea considerada en los informes trimestrales de de su obtención por otros medios, surge la necesidad de recurrir a la seguimiento de dicha Directriz que deben elaborarse conforme al ampliación del gasto presupuestario máximo solicitada. artículo 37 de dicha disposición. 5º—Que debido a que dichos recursos deben ser incorporados Artículo 4°—Rige a partir de su publicación. en el presupuesto o requieren de una variación de este, la institución Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes deberá proceder a modificar la programación del gasto y a elaborar de octubre del año dos mil quince. las resoluciones, informes o autorizaciones por parte del jerarca que LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de correspondan, a fin de justificar su utilización y así cumplir con lo Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—(D39268 - IN2015073843). dispuesto en la Directriz N° 023-H de cita. 6º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 38279-H, ACUERDOS publicado en La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2014 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA para el año 2015, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje N° 132-2015 MSP máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el Con fundamento en las atribuciones conferidas por los numerales monto de gasto presupuestario máximo para el año 2015 resultante 28 inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública. para la CONAI, fue establecido en la suma de ¢441.770.000,00 Considerando: (cuatrocientos cuarenta y un millones setecientos setenta mil colones I.—Que las situaciones de emergencias, siniestros y eventos exactos), el cual fue comunicado en el oficio STAP-0815-2014 del adversos de origen natural o antrópico, suceden con mayor frecuencia 28 de abril de 2014; mismo que se modifica nuevamente mediante el y sus consecuencias cada vez son mayores, debido al impacto oficio STAP-1332-2015 de 16 de julio de 2015, fijándose en la suma climático y la vulnerabilidad de las poblaciones no preparadas con de ¢503.890.000,00 (quinientos tres millones ochocientos noventa anticipación para enfrentarlos. mil colones exactos); cifra que no contempla el gasto indicado II.—Que las instalaciones del Ministerito de Seguridad Pública previamente en este decreto. no están exentas de las amenazas, en mayor o menor grado. Que estas 7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, pueden generar impacto en la población y operación del Ministerio, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, y tomando en cuenta que las mismas se pueden mitigar con la se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley implementación de medidas de prevención en seguridad. No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y III.—Que previendo las situaciones de alto riesgo, emergencias, Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del siniestros y desastres, se deben tomar medidas para asegurar una Sector Público denominada Financiamiento”. respuesta anticipada y efectiva, ante el impacto negativo de un 8º—Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando suceso, siendo así que este Ministerio debe elaborar un plan que anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen considere una estructura de coordinación interna y los procedimientos de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio correspondientes. de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos IV.—Que es de fundamental interés del Ministerio ante el subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad impacto de una situación de emergencia, tomar las acciones pertinentes ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la en primera instancia para salvaguardar la integridad humana, mitigar colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre el impacto ambiental y reguardar el patrimonio institucional. Por que no tengan el carácter permanente o generen una obligación tanto, que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de ACUERDA: plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza. Artículo 1°—Créase el Comité Institucional de Emergencias 9º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto del Ministerio de Seguridad Pública (CIE), conformado por presupuestario máximo fijado a la CONAI para el año 2015, representantes de cada una de las siguientes dependencias: Despacho incrementándolo en la suma de ¢62.789.680,79 (sesenta y dos del Ministro(a), Dirección General de la Fuerza Pública, Dirección millones setecientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta General Administrativa Financiera y Departamento de Salud colones con setenta y nueve céntimos). Por tanto, Ocupacional. Artículo 2°—La coordinación general la ejercerá el Ministro o Decretan: quien designe él mismo. PRIMERA AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO Artículo 3°—Dicho comité cuando lo amerite se hará asesorar MÁXIMO 2015 PARA LA COMISIÓN NACIONAL por entes externos competentes en el campo de la prevención y atención DE ASUNTOS INDÍGENAS de emergencias, como lo son el Benemérito Cuerpo de Bomberos, Artículo 1°—Amplíese para la Comisión Nacional de Asuntos Benemérita Cruz Roja, Comisión Nacional de Emergencias, entre Indígenas (CONAI), el gasto presupuestario máximo para el año otros. 2015, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. Artículo 4°—Son funciones del Comité Institucional de 38279-H, publicado en La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2014, Emergencias del Ministerio de Seguridad Pública, las siguientes: en la suma de ¢62.789.680,79 (sesenta y dos millones setecientos a) Elaborar el Plan Institucional de Emergencias y coordinar la ochenta y nueve mil seiscientos ochenta colones con setenta y nueve ejecución del mismo. céntimos), para ese período. b) Nombrar los integrantes de la Unidad de Planificación de Artículo 2°—Es responsabilidad de la administración activa Respuesta a Emergencias (UPRE), para la implementación en de la CONAI, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la las diferentes dependencias del Ministerio. Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y c) Velar por la existencia y administración del recurso humano, Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre equipo, materiales, herramientas, mobiliario e insumos de de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, cualquier naturaleza, necesarios para la prevención y respuesta publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas. ante emergencias. La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Pág 7 d) Reconocer las posibles amenazas y riesgos potenciales MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA existentes en las diferentes instancias de la Institución, así N° MEP 118-2015 como el nivel de vulnerabilidad. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA e) Proveer la capacitación necesaria para los miembros de la UPRE y de la Unidad de Respuesta de Emergencias (URE), Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de de las diferentes sedes o dependencias del Ministerio. la Constitución Política. ACUERDA: Artículo 5°—Para cada proyecto de implementación en las diferentes sedes del Ministerio, confórmese la UPRE, con el Artículo 1°—Designar a la señora Tatiana Cartín Quesada, objetivo de liderar y desarrollar el Plan Institucional de Emergencias cédula de identidad N° 1-827-104, Profesional 2 psicología del en las mismas. Departamento de Salud y Ambiente de la Dirección de Vida Artículo 6°—Son funciones de las UPRES las siguientes: Estudiantil, para que participe en el “Séptimo congreso cubano de educación, orientación y terapia sexual”, que se realizará en La a) Adaptar e implementar el Plan Institucional de Emergencias, Habana-Cuba, del 13 al 19 de setiembre de 2015. en la sede o dependencia asignada, por medio del desarrollo Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de de las herramientas facilitadas en la Guía de Implementación. transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán Asimismo, deben elaborar un plan de trabajo anual, que cubiertos por: la Oficina Regional del Fondo de Población de las establezca tareas para alcanzar los objetivos establecidos. Naciones Unidas (UNFPA). b) Velar por la existencia y administración del recurso humano, Artículo 3°—Que durante los días del 13 al 19 de setiembre de equipo, materiales, herramientas, mobiliario insumos de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Tatiana Cartín cualquier naturaleza, necesarios para la prevención y respuesta Quesada en el “Séptimo congreso cubano de educación, orientación a emergencias de la sede. y terapia sexual”, devengará el 100% de su salario. c) Promover la divulgación de información relacionada con la Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir del 13 al 19 de prevención, mitigación y respuesta a emergencias, para los setiembre de 2015. funcionarios y usuarios externos de la sede. Dado en el Ministerio de Educación Pública, al primer día del d) Enviar semestralmente un informe de actividades y resultado mes de setiembre del año dos mil quince. al Comité Institucional de Emergencias. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 e) Nombrar los integrantes de la URE de la sede. vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11271.—(IN2015072969). Artículo 7°—Para cada proyecto de implementación en las diferentes sedes del Ministerio confórmese la URE, con el objetivo N° MEP 119-2015 de enfrentar de manera efectiva, los diferentes tipos y alcances de LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA una emergencia. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de Artículo 8°—Son funciones de las URE las siguientes: la Constitución Política. a) Activar la URE de acuerdo al tipo y magnitud de la emergencia ACUERDA: que se presente. Artículo 1°—Designar al señor Andrés Felipe Fernández b) Participar de las capacitaciones a las que sean convocados, Aráuz, cédula de identidad N° 1-1282-0400, Analista Estadístico con el objetivo de fortalecer su conocimiento y preparación del Departamento de Análisis Estadístico de la Dirección de para la respuesta a emergencias. Planificación Institucional, para que participe en el “XXX foro c) Planificar y ejecutar en coordinación con la UPRE, los internacional de estadística”, que se realizará en México, del 13 al simulacros y simulaciones necesarios, para que en el momento 19 de setiembre de 2015. en el que se presente una emergencia, se actúe de la manera Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de más acertada. transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán d) Coordinar y cooperar con los cuerpos de seguridad externos, cubiertos por: el Interesado. en caso de ser necesario. Artículo 3°—Que durante los días del 13 al 19 de setiembre e) Después de la activación de la URE y de la atención de una de 2015, en que se autoriza la participación del señor Andrés Felipe emergencia, deberá presentar un informe que incluya los Fernández Aráuz en el “XXX foro internacional de estadística”, resultados obtenidos, rendimientos, listado de pérdidas y devengará el 100% de su salario. oportunidades de mejora. Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir del 13 al 19 de setiembre de 2015. Artículo 9°—En materia de respuesta a emergencias, son deberes de todos los funcionarios del Ministerio de Seguridad Dado en el Ministerio de Educación Pública, al primer día del Pública: mes de setiembre del año dos mil quince. a) Mantener una actitud vigilante que permita identificar, reportar Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 y corregir condiciones por debajo del estándar, en cuanto a la vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11272.—(IN2015072963). prevención y atención de emergencias. N° MEP 121-2015 b) Conocer y actuar de acuerdo con los protocolos y lineamientos institucionales que establecen el procedimiento ante los LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA diferentes tipos de emergencias. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la c) Participar de una manera comprometida y constructiva de los Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General ejercicios que se realicen con el objetivo de preparar o instruir de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario a la población en materia de actuación ante emergencias. y Extraordinario de la República para el ejercicio económico d) Durante una emergencia actuar sobre el siguiente orden de correspondiente al año 2015 (Ley N° 9289 del 12 de diciembre de prioridad: salvaguardar la vida humana, evitar el impacto 2014) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y ambiental y resguardar el patrimonio Institucional. de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 10.—Deróguese el Acuerdo N° 179-2009 MSP. ACUERDA: Rige a partir del 15 de octubre del 2015. Artículo 1°—Designar al señor Harry James Maynard Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los Fernández, cédula de identidad N° 104500264, Auditor Interno de la trece días del mes de octubre del dos mil quince. Dirección de Autoría Interna, para que participe en el “XX Congreso Gustavo Mata Vega, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—O. Latinoamericano de Auditoría Interna-CLAI 2015”, que se realizará C. N° 3400024678.—Solicitud N° 42103.—(IN2015073702). en Santiago de Chile- Chile, del 17 al 21 de octubre de 2015. Pág 8 La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Artículo 2°—Que los días del 22 al 27 de octubre de 2015, el públicos) por el programa presupuestario 553-00, tramitado por señor Maynard Fernández se acogerá a su período de vacaciones, el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, con regreso al país el día 27 de octubre de 2015. mediante la subpartida 10701, por un monto de seiscientos setenta y Artículo 3°—Los costos del viaje al exterior por concepto de cinco dólares con cero centavos de dólar ($675,00), para un monto transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida total de dos mil setecientos un dólares con cero centavos de dólar presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, por un ($2.701,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del monto de ochocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar plazo establecido. ($850,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención Artículo 4°—Se incluye los cánones por concepto de los serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, programa, para un monto de mil ciento setenta y seis dólares con cero que serán reembolsados mediante la subpartida presupuestaria 10503 centavos de dólar ($1.176,00), asimismo serán cubiertos los gastos del Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente correspondientes al pago por el derecho al Congreso (Artículo 52 dentro del plazo establecido. del Reglamento de Viáticos de Viajes al Exterior para funcionarios Artículo 5°—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento públicos) por el programa presupuestario 553-00, tramitado por Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje” todo el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del mediante la subpartida 10701, por un monto de seiscientos setenta y Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario cinco dólares con cero centavos de dólar ($675,00), para un monto designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública total de dos mil setecientos un dólares con cero centavos de dólar el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo ($2.701,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del Artículo 6°—Que durante los días del 17 al 27 de octubre de plazo establecido. 2015, en que se autoriza la participación del señor Edier Navarro Artículo 4°—Se incluye los cánones por concepto de los Esquivel en el “XX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna- traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, CLAI 2015”, devengará el 100% de su salario. que serán reembolsados mediante la subpartida presupuestaria 10503 Artículo 7°—El presente acuerdo rige a partir del 17 al 27 de del Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente octubre de 2015. dentro del plazo establecido. Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho Artículo 5°—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento días del mes de agosto del año dos mil quince. Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje” todo Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Pública.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11274.— Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario (IN2015072960). designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. N° MEP 131-2015 Artículo 6°—Que durante los días del 17 al 27 de octubre de 2015, en que se autoriza la participación del señor Harry James LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Maynard Fernández en el “XX Congreso Latinoamericano de Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de Auditoría Interna-CLAI 2015”, devengará el 100% de su salario. la Constitución Política. Artículo 7°—El presente acuerdo rige a partir del 17 al 27 de ACUERDA: octubre de 2015. Artículo 1°—Designar al señor Walter Muñoz Caravaca, Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho cédula de identidad N° 01-0824-0326, Director de la Dirección días del mes de agosto del año dos mil quince. de Infraestructura y Equipamiento Educativo, para que participe Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 en el “Taller de aprendizaje en las escuelas del siglo XXI”, que vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11273.—(IN2015072962). se realizará en Antigua-Guatemala, del 28 de setiembre al 02 de octubre de 2015. N° MEP 122-2015 Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General Artículo 3°—Que durante los días del 28 de setiembre al 02 de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario de octubre de 2015, en que se autoriza la participación del señor y Extraordinario de la República para el ejercicio económico Walter Muñoz Caravaca en el “Taller de aprendizaje en las escuelas correspondiente al año 2015 (Ley N° 9289 del 12 de diciembre de del siglo XXI”, devengará el 100% de su salario. 2014) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir del 28 de de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General setiembre al 02 de octubre de 2015. de la República. Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós ACUERDA: días del mes de setiembre del año dos mil quince. Artículo 1°—Designar al señor Edier Navarro Esquivel, Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación cédula de identidad N° 106870307, Subauditor Interno de la Pública.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11275.— Dirección de Autoría Interna, para que participe en el “XX Congreso (IN2015072956). Latinoamericano de Auditoría Interna-CLAI 2015”, que se realizará N° MEP 134-2015 en Santiago de Chile- Chile, del 17 al 21 de octubre de 2015. Artículo 2°—Que los días del 22 al 27 de octubre de 2015, el LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA señor Navarro Esquivel se acogerá a su período de vacaciones, con Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de regreso al país el día 27 de octubre de 2015. la Constitución Política. Artículo 3°—Los costos del viaje al exterior por concepto de ACUERDA: transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, por un Artículo 1°—Designar a las señoras Génesis Gabriela Ramírez monto de ochocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar Flores, cédula de identidad N° 5-406-192, Docente de Educación ($850,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención Especial de la Escuela Veracruz y María Luisa Araya Quesada, serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo cédula de identidad N° 1-1026-0097, Profesora de Enseñanza programa, para un monto de mil ciento setenta y seis dólares con cero General Básica del Centro Educativo Monterrey Vargas Araya, para centavos de dólar ($1.176,00), asimismo serán cubiertos los gastos que participe en el “XII curso de actualización para profesores” en el correspondientes al pago por el derecho al Congreso (Artículo 52 marco del Programa Escuelas México, que se realizará en la Ciudad del Reglamento de Viáticos de Viajes al Exterior para funcionarios México-México, del 25 de octubre al 01 de noviembre de 2015. La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Pág 9 Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de Artículo 3°—La señora Torres Carrillo en un plazo de ocho transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar cubiertos por: la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las para el Desarrollo (AMEXCID). actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios Artículo 3°—Que durante los días del 25 de octubre al 01 de logrados para la institución y para el país en general. noviembre de 2015, en que se autoriza la participación de las señoras Artículo 4°—Que durante los días del 18 de octubre al 06 Génesis Gabriela Ramírez Flores y María Luisa Araya Quesada en de noviembre de 2015, en que se autoriza la participación de la el “XII curso de actualización para profesores”, devengarán el 100% señora Angie Penélope Torres Carrillo en el “Curso de evaluación de sus salarios. rápida post desastres de la seguridad estructura de edificaciones”, Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir del 25 de devengará el 100% de su salario. Artículo 5°—El presente acuerdo rige a partir del 18 de octubre al 01 de noviembre de 2015. octubre al 06 de noviembre de 2015. Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticuatro Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los dos días del días del mes de setiembre del año dos mil quince. mes de octubre del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11276.—(IN2015072955). vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11278.—(IN2015072949). N° MEP 138-2015 N° MEP 141-2015 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política. la Constitución Política. ACUERDA: ACUERDA: Artículo 1°—Designar a la señora Rosa Adolio Cascante, Artículo 1°—Designar a los señores Luis Ricardo Montoya cédula de identidad N° 601900743, Directora de la Dirección Vargas, cédula de identidad N° 3-0292-0612, Asesor Nacional de de Programas de Equidad, para que participe en el “Seminario Educación Cívica del Departamento de Tercer Ciclo y Educación internacional los avances de la política de alimentación escolar en Diversificada de la Dirección de Desarrollo Curricular; Ángel América Latina”, que se realizará en la Ciudad Panamá-Panamá, del Antonio Alvarado Cruz, cédula de identidad N° 2-0536-0116, Asesor 11 al 15 de octubre de 2015. Nacional de Español del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto Diversificada de la Dirección de Desarrollo Curricular y María de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, Maleni Granados Carvajal, cédula de identidad N° 6-0204-0941, serán cubiertos por: la Organización de las Naciones Unidas para la Asesora Nacional de Español del Departamento de Tercer Ciclo y Alimentación y la Agricultura (FAO). Educación Diversificada de la Dirección de Desarrollo Curricular Artículo 3°—La señora Adolio Cascante, en un plazo de para que participen en la “Capacitación sobre educación sobre el ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar holocausto y otros genocidios”, que se realizará en Jerusalén-Israel, un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las del 09 al 15 de octubre de 2015. actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios Artículo 2°—Que durante los días 16 al 21 de octubre, los logrados para la institución y para el país en general. señores Montoya Vargas, Alvarado Cruz y Granados Carvajal se Artículo 4°—Que durante los días del 11 al 15 de octubre de acogerán a sus períodos de vacaciones, con regreso al país el día 21 2015, en que se autoriza la participación de la señora Rosa Adolio de octubre de 2015. Cascante en el “Seminario internacional los avances de la política Artículo 3°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de de alimentación escolar en América Latina”, devengará el 100% de ida y regreso serán cubiertos por los interesados y los gastos por su salario. concepto de alojamiento y manutención, serán cubiertos por el Artículo 5°—El presente acuerdo rige a partir del 11 al 15 de Centro Yad Vashem. octubre de 2015. Artículo 4°—Los señores Montoya Vargas, Alvarado Cruz y Granados Carvajal en un plazo de ocho días naturales contados Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior del mes de setiembre del año dos mil quince. jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y Pública.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11277.— para el país en general. (IN2015072952). Artículo 5°—Que durante los días del 09 al 21 de octubre de N° MEP 139-2015 2015, en que se autoriza la participación de los señores Luis Ricardo Montoya Vargas, Ángel Antonio Alvarado Cruz y María Maleni LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Granados Carvajal en la “Capacitación sobre educación sobre el Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de Holocausto y otros genocidios”, devengarán el 100% de sus salarios. la Constitución Política. Artículo 6°—El presente acuerdo rige a partir del 09 al 21 de ACUERDA: octubre de 2015. Artículo 1°—Designar a la señora Angie Penélope Torres Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días Carrillo, cédula de identidad N° 111420235, Profesional 2 del mes de octubre del año dos mil quince. especialidad arquitectura del Departamento de Desarrollo de Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 Infraestructura Educativa de la Dirección de Infraestructura y vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 11280.—(IN2015072945). Equipamiento Educativo, para que participe en el “Curso de evaluación rápida post desastres de la seguridad estructural de MINISTERIO DE SALUD edificaciones” en el marco del Programa de Formación para N° DM-FP-4145-2015 Latinoamérica y el Caribe en Reducción del Riesgo de Desastres, que se realizará en Santiago Chile-Chile, del 18 de octubre al 06 de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA noviembre de 2015. Y EL MINISTRO DE SALUD Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán de la Constitución Política; 28 párrafo segundo inciso b) de la ley cubiertos por: la Agencia de Cooperación Internacional de Japón N° 6227 de 2 mayo de 1978 “Ley General de la Administración (JICA), la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI) y Pública”; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley el Ministerio de Obras Públicas de Chile (MOP). General de Salud”. Pág 10 La Gaceta Nº 221 — Viernes 13 de noviembre del 2015 Considerando: IV.—Que el Congreso facilitará a profesionales y estudiantes en Terapia Ocupacional la oportunidad de acercarse a conocimientos I.—Que del 19 al 21 de agosto de 2015, la Asociación Costarricense de Profesionales en Enfermería Pediátrica y la científicos y técnicos actualizados en las áreas de pediatría, Subdirección de Educación en Enfermería del Hospital Nacional integración sensorial, atención escolar, geriatría, rehabilitación de Niños, organizarán el “VIII Congreso y XI Curso Nacional e física, salud mental, intervención en población en riesgo social, en Internacional de Enfermería Pediátrica Quirúrgica y del Adolescente procesos de inclusión laboral e investigación. Por tanto, 2015”. ACUERDAN: II.—Que dicha actividad tiene como objetivo dar a conocer DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL los avances actuales e innovadores de enfermería en la atención EL “XI CONGRESO LATINOAMERICANO integral al paciente pediátrico y adolescente, en el Hospital Nacional DE TERAPIA OCUPACIONAL” de Niños. III.—Que para el profesional en enfermería es de capital Artículo 1º—Declárese de interés público y nacional el “XI importancia un nivel de conocimiento que ofrezca un cuidado Congreso Latinoamericano de Terapia Ocupacional”, organizado oportuno, que revele el profesionalismo, seguridad y la confianza por el Colegio de Terapeutas, a celebrarse en nuestro país del 27 al que los padres y los niños y niñas ponen en sus manos. 31 de octubre de 2015. IV.—Que la Asociación Costarricense de Profesionales en Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Enfermería Pediátrica y la Subdirección de Educación en Enfermería Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir del Hospital Nacional de Niños, solicitaron al Ministerio de Salud se con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin declare de interés público y nacional el “VIII Congreso y IX Curso perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa Nacional e Internacional de Enfermería Pediátrica Quirúrgica y del realización de las actividades indicadas. Adolescente 2015”. Por tanto: Artículo 3º—Rige a partir de esta fecha. ACUERDAN: Dado en la Presidencia de la República, San José a los cinco días del mes de agosto de dos mil quince. DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL EL “VIII CONGRESO Y XI CURSO NACIONAL E LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de INTERNACIONAL DE ENFERMERÍA Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 26115.— PEDIÁTRICA QUIRÚRGICA Y Solicitud N° 7807.—(IN2015073762). DEL ADOLESCENTE 2015” N° DM-FP-4694-15 Artículo 1°—Declárese de interés público y nacional el “VIII Congreso y IX Curso Nacional e Internacional de Enfermería EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Pediátrica Quirúrgica y del Adolescente 2015”, organizado por la Y EL MINISTRO DE SALUD Asociación Costarricense de Profesionales en enfermería Pediátrica Con fundamento en los artículos 11. 140 inciso 1), 20) y 146 y la Subdirección de Educación en Enfermería del Hospital Nacional de la Constitución Política: 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley de Niños, a celebrarse en nuestro país del 19 al 21 de agosto de 2015. General de la Administración Pública N° 6227 del 02 de mayo de Artículo 2°—Las dependencias del Sector Público y del 1978. Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir Considerando: con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa I.—Que se hace necesario en el Ministerio de Salud el realización de las actividades indicadas. nombramiento del Oficial Mayor. Artículo 3°—Rige a partir de esta fecha. ACUERDAN: Dado en la Presidencia de la República, San José a los quince Artículo 1º—Nombrar al señor licenciado Alexander Cascante días del mes de junio de dos mil quince. Alfaro, cédula 1-733-5861 licenciado en Contaduría Pública, LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Auditor Financiero, como Oficial Mayor del Ministerio de Salud. Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—(IN2015073161). Artículo 2º—Rige a partir del 01 de setiembre del 2015. Dado en la Presidencia de la República.—San José, el primer N° DM-FP-4566-2015 día del mes de setiembre del dos mil quince. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Y EL MINISTRO DE SALUD Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 26115.—Solicitud N° 7809.—(IN2015073756). de la Constitución Política; 28 párrafo segundo inciso b) de la ley N° 6227 de 2 mayo de 1978 “Ley General de la Administración N° DM-FP-4761-15 Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley EL MINISTRO DE SALUD General de Salud”. Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Considerando: Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo segundo inciso I.—Que del 27 al 31 octubre del 2015, el Colegio de b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Terapeutas, organizará el “XI Congreso Latinoamericano de Terapia Administración Pública”. Ocupacional”. ACUERDA: II.—Que dicha actividad tiene como objetivo que los participantes experimenten un crecimiento profesional, además Artículo 1º—Designar a la Dra. María Esther Anchía Angulo, de promover en los individuos a tener vidas independientes, cédula de identidad N° 6-146-408, Viceministra de Salud, para que productivas y satisfactorias. Además permitirá un acompañamiento asista y participe en la actividad denominada “54° Consejo Directivo de los profesionales en Terapia Ocupacional a las personas con de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)”; que se llevará discapacidad o alguna alteración sensorial, intelectual, física o cabo en la Ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, psicosocial en hacer valer sus derechos en igualdad de oportunidades del 28 de setiembre al 02 de octubre del 2015. e incorporación a un proyecto de vida ocupacional. Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria, por concepto III.—Que el Congreso permitirá a las personas receptoras de de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la los servicios de Terapia Ocupacional una atención más especializada Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe y humana, dirigida a procesos integrales e inclusivos buscando gasto a cargo del erario público. promover su máxima independencia con una visión de abordaje Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente biopsicosocial, a nivel de su autocuidado, productividad, recreación acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en y de participación social. la actividad, esta devengará el 100% de su salario.
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