Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 c BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN, CON CARÁCTER 6 4 9c TEMPORAL, DE PERSONAL LABORAL PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS 0 5 a 0e INCLUIDOS EN EL PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 Jesús Guerrero Lorente (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 08/01/2021 HASH: 6bb48ffc98359c0df9b7b2 ípnrtoeggrraammEaessnt attee n mcuopenov rafao leendsdi ocdsióe n pi nrdoteeprli oéPssl, a mtnie udnneeic Eippmoarlp , olpebaojer adto el la qE urxeeca, mlmizoae.c dAiióaynnu tndete al ama ceietjienvctiodu acddieóe nsA droge ép usre,n safitn asacenirócienia dddeeo servicios anudados a competencias propias del municipio, pueda llevarse a cabo la contratación de personas desempleadas y en situación o riesgo de exclusión social, con especial énfasis en los mayores de 55 años, con lo que simultáneamente se pretende conseguir, a la vista de la competencia prevista en el artículo 25.2.e) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, evitar situaciones de vulnerabilidad social y económica en esta localidad y, además, en el caso específico de los mayores de 55 años, facilitar una transición hacia la jubilación, mejorando en todos los casos la empleabilidad de las personas, actualizando y valorando sus competencias o ayudando a la adquisición de otras nuevas y, 4 finalmente, facilitando su retorno al mercado de trabajo, muy perjudicado en los últimos meses 1 c d 5 como consecuencia de la pandemia originada por la COVID-19. a 4 María del Mar Lomba Piquer (2 de 2) Secretaria Ayuntamiento Fecha Firma: 08/01/2021 HASH: 1c24224c99347bc2a2a2874a4 doic2noir6caine.ip1e nl,lma talaze bdactrCralbeaasol,sse nd isfafaei oc)q raPyumlc arebiee ó )sa nrdufae eepq ac uullltiaoeaze san Ltadc eodlii óyssirr p neeRGu sceeeptdganseeumteco lrate aotdrnel aeotsnebsre a a ade jcodlel o self una Elntratistecesítcinam oBuednpla ooaoes mrpnea1a sile9ler odan.sCse t,oe ula lRa cdrattueéríñcob gosu ri miele2dorn0eesvd2n ic2o1 liLao5 ,o s.ln2acL em,ase c lly.upee nrtsre1iaicsd1sieap/ 2ndad0tel)ee2,s ss0 l ,),b , ud armdesge e)ea sncy3 tu ee0ness )rt ,ddá oeeny En consonancia con lo anterior, el Ayuntamiento de Argés pretende hacer frente a las necesidades que, con las características descritas, puedan surgir a lo largo del período temporal que abarca estas Bases, traduciendo esa realidad en una oportunidad laboral para el es/ a. csoigleucietinvtoeE sml :p ernoccieodniamdioe.n to para alcanzar el oBbjAetSivEoS d escrito, se llevará a cabo con arreglo a las Verificación: https://arges.sedelectronica esPublico Gestiona | Página 1 de 14 1. OBJETO XR3W2Q | a plataform A través de la formación de la Bolsa de trabajo que este Plan de Empleo comporta, se GNde l pAryeutnetnadmei enhtaoc eprr eceisfeec, teivna sf unlcaisó n ddifee rleanst ense cecsoidnatrdaetasc iqounee ss urlajabno reanle slo s tedmifeproernateless seqruveic ioes,l LZNNP2Mmente des Ta dentro de las materias recogidas en las letras a) y b) del artículo 26.1 de la LRBRL, y letras d), n: 529X5NXPYmado electrónic Página 1 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 l), m) y n) del artículo 25.2 de la misma norma, con el perfil profesional que se detalla en las líneas siguientes. Los candidatos, para su contratación, deberán reunir los mismos requisitos y las demás condiciones exigidas por la normativa vigente al personal municipal. Las contrataciones únicamente se llevarán a cabo en la categoría profesional de Peón- operario de servicios múltiples. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN La Bolsa de trabajo regulará la contratación de trabajadores con los que se formalizará el contrato laboral temporal correspondiente, para la realización de las tareas propias de la categoría arriba reseñada, de acuerdo con el objeto delimitado en el artículo anterior. 3. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Y VIGENCIA DE LA BOLSA La contratación laboral de personal en el marco de este Plan de Empleo tendrá una duración limitada que vendrá determinada por las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Argés, de acuerdo con lo expuesto en los artículos precedentes. La modalidad contractual será de duración determinada, por obra o servicio determinado, a tiempo completo y con una duración mínima de un mes, prorrogable hasta un máximo de doce meses, si bien, excepcionalmente y cuando el programa lo requiera, se podrán efectuar contrataciones con una duración máxima de hasta veinticuatro meses. En ningún caso podrá contratarse a trabajadores por más de veinticuatro meses en un período de treinta meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.5 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Con carácter general se establecerá un período de prueba de 15 días, transcurrido el s/ e cual sin que se haya producido el desistimiento por ninguna de las partes, el contrato producirá a. psAelregrnvéiocssi oc e oEfpnela sccritadoo ensert.r el a qtqouu eete smheap noc ordanelt srlalaetpgóaa rareá c laiad ops eular sfsion rn,a aez nod neteo sdq oud eec asnseeo c,te rcasutieda,an dod oyc usuearg ncedononc cieallu qyAauy eue nml tpaormtoivgiearnarotmon a ds eou https://arges.sedelectronicGestiona | Página 2 de 14 celebracLióons. trabajadores percibirán, como mínimo, un salario mensual correspondiente al Verificación: a esPublico Sexatlraaroiord inMaírniaim, op arIan teurnpar ojofersniaodnaa l dev igtreeninteta, yi nccinlucidoa h olraa s,p aernt et urpnroo pdoer cmioanñaal nad ey /ou ntaar dep,a gdae XR3W2Q | a plataform lunes a domingo, con los descansos y vacaciones proporcionales legalmente estipulados. GNde l La bolsa que se forme en el marco de este Plan de Empleo, tendrá una vigencia LZNNP2Mmente des Ta temporal inicial de dos años desde la primera contratación, con posibilidad de prórroga expresa PYnic 529X5NXdo electró n: ma Página 2 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 o tácita hasta la entrada en vigor de una nueva bolsa de empleo con el mismo objeto y para la misma categoría profesional. 4. PRELACIÓN DE CANDIDATOS. RESERVA DE PERSONAS CON 55 AÑOS O MÁS Los candidatos serán contratados siguiendo el orden riguroso de la puntuación obtenida. Las personas que obtengan mayor puntuación serán contratadas en primer lugar, con la excepción prevista en el párrafo siguiente, quedando el resto de candidaturas en situación de reserva. De forma específica, en consonancia con el expuesto en el artículo 1 de estas Bases, se reserva el 20% de las contrataciones a realizar en el marco de este Plan de Empleo, para integrantes de la bolsa que, cumpliendo los demás requisitos estipulados en estas Bases, tengan una edad igual o superior a 55 años en la fecha de aprobación de este Plan de Empleo, salvo que no exista un número de candidatos suficiente para alcanzar dicho porcentaje. 5. FINANCIACIÓN El presente Plan Municipal de Empleo se financiará con cargo a la aplicación 241- 131.01 del presupuesto municipal de 2021, previéndose las consignaciones oportunas en los presupuestos de gastos de los sucesivos ejercicios económicos, en consonancia con el plazo de vigencia del citado Plan según la duración de los contratos que se celebren. 6. REQUISITOS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES Para ser admitido al presente Plan de Empleo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo estipulado para la presentación de solicitudes: s/ a) Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de a.e TmlElooaussiemr omtEébpsbrieémtraanoid n ydoop esrsoa dletdairfneá icU nqaln oudispóeo an sqér tupEsicetouai,prr oasEeprens e pqhavaua,iñ riysteauaen,d eds eseedn faecinn udoiTede rna ast artieaependnlni cod eaesol cn Ti IóenErnastse ptpalraanad ñañoloicba lcier oeoesn nn cas oilsrte icitstuunu tlaacaivccecoiilioóeó dnnbnea r lad leeldeagso a tUsrld,a n ebpsió aioenujran neddla uoo err Uoetsipsttnua eióledaannor. https://arges.sedelectronicGestiona | Página 3 de 14 dldaeeb roeurcnah ld,o oscc oyun mlfioberenmrttoea dqaeu se lo dl eees ls ohtsaa beblxielitctreaid npojae rreaon s r eleasn id LEiers yyp aOpñoragd eáyrn siacuca ic ne4ted/2ge0rra 0sc0iin ó dnlie ms oi1tca1ica ilod, neme oes dnaiefli rcmoa,e dsroco apbdoroer Verificación: a esPublico Lp.oOr .R 8e/a2l0 D00e cdreet o2 24 /2d0e0 d1i,c dieem 2b0re d ey jeunlio e. l Reglamento de ejecución de dicha Ley aprobado XR3W2Q | a plataform GNde l b) Tfoerznoesr ac.u mplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación LZNNP2Mmente des Ta PYnic 529X5NXdo electró n: ma Página 3 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 c) Estar desempleado a fecha 15-12-2020 y figurar inscrito en una Oficina de Empleo como demandante de empleo. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y, por tanto, no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones a desarrollar. En el caso de discapacidad, además de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad que se posea, el candidato ha de aportar certificado del CENTRO BASE (Avda. Castilla-La Mancha, 1-Toledo), u organismo equivalente, que acredite la capacidad de apto para desempeñar las funciones de la categoría a la que se opta, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1 de estas Bases. e) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad. f) No podrán participar en este Plan de Empleo quienes hayan sido objeto de expediente disciplinario en anteriores contrataciones efectuadas por el Ayuntamiento de Argés, así como las personas que renunciaron a Planes de Empleo anteriores celebrados por esta Entidad Local de manera injustificada. Se considerará causa justificada la renuncia por tener otro contrato en vigor, enfermedad acreditada, embarazo o maternidad. g) No se podrá contratar a más de una persona por unidad familiar en el mismo período de tiempo. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos en el momento de la contratación salvo el relativo a la antigüedad en la inscripción como desempleado, cuya referencia es la fecha del Decreto por el que se aprueban estas bases. En todo caso, las personas a contratar deberán estar inscritas como demandantes de empleo, en el momento de la contratación. 7. CAUSAS DE EXCLUSIÓN es/ a. Sa)e ráNc amos ooctu,i vnmoop dalierc rleoexsdc ilrtuaesrq iudóiensb idtiodesal mpprreoencvteiess tosou ss eceulnem cetpil vlaiomr:t iíecnutloo. 6 de las presentes bases o, en su https://arges.sedelectronicGestiona | Página 4 de 14 b) Lecoaxcn fltauraslstióoifi ncfo adrcmeióla nsli zoual icdoiomta. instieó nd deel pcruoacleqsuoie rs edlaetcoti vdoa,r áo leung asr,u pcraesvoia, cao mla prreosboalcuicóinó,n ad leal Verificación: a esPublico Q | orm c) Haber renunciado de manera injustificada a Planes de Empleo anteriores XR3W2a plataf celebrados por esta Entidad Local. Se considerará causa justificada la renuncia por GNde l tener otro contrato en vigor, enfermedad acreditada, embarazo o maternidad. TLZNNP2Mamente des PYnic 8. SOLICITUDES 529X5NXdo electró n: ma Página 4 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 8.1. Forma: La solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se ajustará al modelo establecido al efecto, que se acompaña como Anexo I, y se dirigirá al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación. Dichos impresos estarán a disposición de los interesados en las Oficinas Municipales y a través de la sede electrónica municipal, en el enlace h ttps://arges.sedelectronica.es/board/9753e838-f59b-11de-b600-00237da12c6a/. 8.2. D ocumentación: En todo caso, se acompañará a la solicitud la documentación siguiente: - Fotocopia del DNI /NIE. - Tarjeta de demanda de empleo expedida por la Oficina de Empleo que corresponda. E n el caso de demandas de empleo registradas en oficinas de empleo del ámbito t erritorial de Castilla-La Mancha, no será necesario su aportación siempre que se autorice al Ayuntamiento de Argés al acceso a la información que aquélla contenga, a efectos de verificar la doble condición de desempleado e inscrito en oficina de empleo del interesado, d ebiendo marcarse a tal fin la oportuna casilla en la solicitud que se a compaña como ANEXO I. - Sólo en caso de personas con discapacidad: tarjeta acreditativa del grado de discapacidad que se posea. 8.3. Plazo: De acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes de participación deberán presentarse en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el Tablón de anuncios alojado en la sede electrónica municipal (apartado de Empleo Público). La no presentación de aquéllas en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona participante. 8.4. L ugar: Una vez cumplimentadas, las solicitudes se presentarán por cualquiera de las formas siguientes: a) Presencialmente: Quienes opten por la presentación de la solicitud en papel, deben cumplimentar e imprimir el documento de solicitud de participación que se encuentra disponible s/ e a. efAcalaironrysmtn uí lccoAanuesdtdlar oomstma i1itnniipeo6diosns.o4rt tr po adar lceaendiv oteelinasp set eA oLsrlrseas g Pyo eé onúns3pab ,9 eo li/plcr2 itanauu0pstdn1e.aia5 errAe ,nt asc ddlaidatoeado sa 1p8po, r .drle1iecess.vi e etEiuoarnládc ,t i ta muodrdbs peireerrbeie nge,se irddoácnoe u da lae edPlalq jsluru RoonicSeletiaecrrgari.dti ss uiemtdAdr eo illecda ane lGodltbdosoeied cnA-rauePedmmrgrmaeeiesls innntirdtdtioesaees tc cnr iaulótpaetmnir ve Cpoavdl o iiesCmqrltp uooeoemsEnr taxúsaeccnednmi óo dhno eeay,.l https://arges.sedelectronicGestiona | Página 5 de 14 hecho referencia en el apartado 8.1. Verificación: a esPublico b) Telemáticamente: A través del registro electrónico del Ayuntamiento de Argés ( h Q | orm tetplesc:t/r/aórngiceos .ose hdaecleecr truosnoic dae.el ss)i,s tpeamraa dceu ycola vaec cceosnoc esretarád ai [email protected] Ednib lees tdei scpaosnoe, rs ed ea dcjeurntitfaicráa daol GNXR3W2de la plataf rceugmisptrliom etnatnatdoo eyl firmmoaddeolo, codme os eoll icrietusdto dae qlau ed osceu mreenfitearceió ne lr eacpogairdtaad oe n 8e.s1e, ndúembiedraom. eUnntae LZNNP2Mmente des vez realizado el registro el sistema expedirá un resguardo acreditativo del mismo. PYTnica 529X5NXdo electró n: ma Página 5 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 c) Otras formas de presentación: Las solicitudes también podrán presentarse con arreglo a lo previsto en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas. 8.5. Protección de datos: Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión del Plan de Empleo y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma que determina la Disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento de Argés es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en h ttps://arges.sedelectronica.es/privacy.4. 8.6. Las personas participantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Cualquier corrección o modificación que se desee realizar una vez presentada la solicitud, deberá efectuarse en el plazo de presentación de las mismas, mediante escrito dirigido al Sr. Alcalde. El medio elegido a efectos de notificación que figure en la solicitud, se considerará el único válido a dichos efectos, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación, como la falta de comunicación de cualquier cambio del mismo. 9. ADMISIÓN DE CANDIDATOS Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución, aprobando el listado provisional de admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos y DNI del candidato y causa de exclusión para estos últimos. Dicha Resolución establecerá el plazo de 5 días hábiles para que las personas participantes excluidas provisionales puedan subsanar los defectos que motivaron la exclusión, procediéndose de forma simultánea a su publicación en el Tablón de edictos de la Corporación (tanto físico como s/ digital, este último disponible en la sede electrónica municipal). a.e repexrlucaelcubiiódana, Tsapr sradoí nevcslio scmpiuorronor iacdlaleo ds coioec mlt aspperálolae srzceioctisi vóoopnl,ua ncrsaioeó mñnsa iunalbaapsnlr aoddnboeaa l rnlT adrl oiobfse ul candh areaelf ,elc acahctloioiófrisacn,a dydee ol lfruim.n gDiitasivirmc ahpo ada erórae rp sgeloaarln suoroce nióaqanluisz e saa ecda ipómpunriobt idbdlicaóeas r llaaáy https://arges.sedelectronicGestiona | Página 6 de 14 en el TaLbolósn e drero eredsic mtoast edreia lale sC oor pdoer haecicóhno (, taqnuteo nfíos iccoon clloemveon d liag ietaxlc).l usión del proceso selectivo, Verificación: a esPublico pcoondfroárnm idsuabds acnoanr sleo deins puceusatloq ueienr eml oamrteícnutolo, 1d0e9 .2o fidcieo Loe y a3 9in/2s0ta1n5c,i ad ed e1l dinet eorecstuabdroe,, ddee XR3W2Q | a plataform Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. GNde l No serán subsanables la presentación de las solicitudes fuera del plazo y no cumplir los LZNNP2Mmente des Ta requisitos exigidos en estas bases a la fecha de finalización de la presentación de la solicitud PYnic de participación. 529X5NXdo electró n: ma Página 6 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 Los aspirantes excluidos definitivamente podrán interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la lista, de conformidad con lo que previene el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 112.1 de dicho cuerpo legal, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo. 10. TRIBUNAL DE SELECCIÓN 10.1. Composición: El Tribunal Calificador estará conformado por los siguientes miembros: PRESIDENTE: Un funcionario del Ayuntamiento de Argés. SECRETARIA: La Secretaria de la Corporación o quien legalmente le sustituya. VOCALES: − El Encargado municipal o personal laboral fijo en quien delegue. − Tres empleados pertenecientes a la plantilla municipal. La designación de los miembros del Tribunal de selección incluirá la de los respectivos suplentes, a quienes serán de aplicación las mismas prescripciones que a los titulares. Los miembros del Tribunal de selección deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso al Plan de Empleo. 10.2. Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Corporación, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 13.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Asimismo, y por las mismas causas, s/ podrán ser recusados por las personas aspirantes, de conformidad con el artículo 24 de la a.e dccoietanl dvPoac rLeae1stoy0id r.4i3ea0.n -/t 2deA 0e,c 1lt u5SPa.e rcceirósenitd:a eErniolt eT,ry ib cuolanr raelm sCpitaoalndifd iciéadndedo ors lneuo s lpamo diinerátme rcbporronesst,at ictutióiitrunsl ea drneeis a lcaotsu aspru rsepislnee nlnatte easss, isbptearensecviisaa, https://arges.sedelectronicGestiona | Página 7 de 14 edcosetrla renpsdrpooo cnfeadscioeu nlttasede, olea cpdtaoivrpoat arneddseoori lvvlaoedsr o l aascd uece urdelaos tsio annpeeliscc eaqscuaióerni o psu ddpeiae rralaa nss usum sdicseimbtaiadrssoe oodr udredanen teelan e lt loeddgeoiss allarorc oiónllono Verificación: a esPublico previsto en ellas. XR3W2Q | a plataform El Presidente del Tribunal podrá designar la incorporación de asesores para la GNde l rfueearliozna cnióonm bdrea dlao sp,r useinb aq,u ecu pyuae fduannc iiónnte srvee lnimir idtairreác ata maseenstoer aern alal Tcraiblifuicnaacl ieónn daeq uaeqlluoé pllaa.r a lo que LZNNP2Mmente des Ta PYnic 529X5NXdo electró n: ma Página 7 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 10.4. C lasificación del Tribunal: El Tribunal actuante tendrá la categoría tercera de las previstas en el Anexo IV del R.D. 462/2000, de 24 de mayo. 11. SISTEMA DE ACCESO A LA BOLSA DE TRABAJO De conformidad con el artículo siguiente, el procedimiento de selección será el de oposición. 12. OPOSICIÓN 12.1. Procedimiento: La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con la actividad, funciones o habilidades concretas propias del perfil profesional exigido en el artículo 1 de estas Bases, dentro del temario siguiente: a) Jardinería: conceptos generales. b) Albañilería: conceptos generales. c) Limpieza, cuidado y mantenimiento de instalaciones públicas. d) Nociones Básicas de Seguridad e higiene en el Trabajo. Medidas de Prevención. La prueba será calificada hasta un máximo de 10 puntos. Para determinar la calificación final de la prueba, se sumarán las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal y se dividirá el número total de puntos entre el número de miembros que lo componen. La prueba práctica tendrá una duración máxima de 30 minutos. Valorada la prueba, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan participado en la misma, con expresión de la puntuación obtenida por cada uno de ellos, en el Tablón municipal de edictos (físico y digital, este último disponible en la sede electrónica s/ municipal). a.e ldraee a pllirazu aeprb r1aula2 e .pb2pra.ár u c Loetlia cbmcaau aeaemnlnq i uelleainelmt ro lau:o mgLtraaiaers ,n cptdioreíc arúus nnoyisn ctahoaso,n rscqaaiua leqv orupe eaqc urustaiieecn irpdaleeo snd e eeal nsndi úgoemnsl epeo,rr oosmc ideeáenss od a ollssa epemrirxáaacnmnl utcieiedosnon,t svol aosq c,n uaadideteaunbsreia espln eandzraaoo https://arges.sedelectronicGestiona | Página 8 de 14 cipmoropmcidpeiaseorne dzsoce alleanc rtaeiv aorle,iz aaplicaziraóarn la ldo, ess laqalu vpeor ueeeln b Talro iebsn u cnlaaa slf oeCsc ahdlaife icp arfuedevoirrsz taap ,o mdnroaá y aoafrec coutr edonat rrao lls an oerrxemcaealipzl acdiceoisónanar lredosel lo q uudneea,l Verificación: a esPublico convocatoria extraordinaria. XR3W2Q | a plataform 12.3. C OVID-19: Se establecen las siguientes normas especiales de obligado GNde l cumplimiento, con el fin de coadyuvar en la contención del SARS-CoV-2 LZNNP2Mmente des Ta a) No podrán acceder a la ubicación fijada para la realización de la prueba aquellas PYnic personas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad y que no hayan 529X5NXdo electró n: ma Página 8 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 finalizado el periodo de aislamiento requerido o las que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19. Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de estas circunstancias, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. b) Por el Tribunal Calificador se tomará previamente la temperatura a cada uno de los aspirantes, verificándose que cada uno de ellos no supera los 37´5 grados centígrados. c) El acceso a las instalaciones en las que tendrá lugar la realización de la prueba, estará restringido exclusivamente a los miembros del Tribunal Calificador y sus colaboradores, así como a los propios aspirantes debidamente acreditados, sin que se admita la presencia de acompañantes. d) Las personas presentes en las instalaciones en las que se realice la prueba, harán en todo momento un uso adecuado de la mascarilla homologada, que deberá cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón incluido, incluso cuando se esté realizando la prueba. e) Los aspirantes concurrirán a la prueba provistos del Documento Nacional de Identidad. En el momento del llamamiento para la identificación, los candidatos deberán presentar firmada la declaración responsable relativa al COVID-19, contenida como ANEXO II de estas Bases. f) Será obligatorio mantener en todo momento la distancia de 1´5 metros, siempre que sea posible, así como respetar los espacios y lugares asignados. g) Por parte del Tribunal calificador se pondrá a disposición de las personas aspirantes soluciones de gel hidroalcohólico, desinfectándose, además, el material que, en su caso, se utilice. No obstante lo anterior, se recomienda que cada aspirante lleve también un bote de gel desinfectante de manos para uso personal, así como pañuelos o papel desechable. s/ a.e asrdee aqllroeuásc is tciiavtuoose1sp 2n il.rtln4eaae.g n caatA ee rcsaslora esprad iao iótrscara ogc pnaiqóaonunrcoae isd m peacia ecolrarntmei tcpodpie ipteedratsneero nl enstTenaus lr iild bpadaue edcnrs :oa olnEal nvslq ao Tulciinrdeaieba toxudaarn.lig caaSut,li ntip ulooeod ndecdr soáee m lyr leu otrfqnsaaui lcnseaasersrcidárpu a ierradsanleon s cPte dureseean lsl q cipduqareiuroeneecrtc eemehd, uoiemdbmle iieeec rnnulaottaonosl https://arges.sedelectronicGestiona | Página 9 de 14 podido in1c2u.5r.r ir I nlocsid aesnpciiraasn tye sm aa nlotse neifmecietonsto p droecl eodrednetne:s E. l Tribunal está facultado para resolver Q | Verificación: orma esPublico liansc iddeundcaiass yq umea nstee nperre esle bnuteenn oy rdtoemn adre llao so paocsuiceiródno se nn teocdeos alor ioqsu ep naora e sstéo lvperenvtaisrt ot oedna se stlaass XR3W2a plataf Bases. TLZNNP2MGNamente desde l 13. LISTA DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL 529X5NXPYdo electrónic n: ma Página 9 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD Expediente: G-1865/2020 Procedimiento: Planificación y ordenación del personal. Asunto: PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO 2021 El Tribunal Calificador elevará al Sr. Alcalde la propuesta con la relación de aprobados por orden decreciente según la puntuación total obtenida, publicándose su resultado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento (físico y digital, este último disponible en la sede electrónica municipal). El orden en que deban figurar los aspirantes en la lista de espera o bolsa de trabajo, vendrá determinado por la puntuación obtenida en la prueba práctica. En caso de empate entre dos o más aspirantes, prevalecerá el de mayor edad, y en el supuesto de persistir aquél, se atenderá a la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE Nº. 201, de 24 de julio de 2020). 14. LLAMAMIENTOS, RENUNCIAS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Una vez constituida la bolsa de trabajo, los llamamientos se realizarán a los números de teléfono facilitados por los interesados en la solicitud de participación recogida en el ANEXO I. En caso de no ser localizada la persona mediante dos llamadas realizadas en diferente hora a lo largo de un mismo día, se dará aviso inmediatamente al siguiente candidato de la bolsa, manteniéndose en su número de orden la persona no localizada. Cuando se repita idéntica situación con ocasión del siguiente llamamiento, la persona en cuestión pasará a ocupar el último lugar de la bolsa. Los contratos de trabajo serán ofrecidos siempre siguiendo el orden de prelación de la bolsa. No obstante, una de cada cinco contrataciones se efectuará con integrantes de la bolsa de trabajo cuya edad sea igual o superior a 55 años, según la reserva del 20% de contrataciones a este colectivo establecida en el artículo 4 de estas Bases. En el caso de que un aspirante sea llamado para trabajar en el Ayuntamiento y renuncie, sin causa justificada, será excluido definitivamente de la bolsa, salvo en los supuestos de cualquier tipo de baja médica, maternidad o por el desempeño de un trabajo s/ e aepe jxreeupnlneaoc c dtióaaíntlaL iv oAdahseysá u c blsanaii tnlnba,d ompaidlecsieaneantap oatltosiacz ,ons ardeecdolnieóe cn olcco oyisro,ne n pnqsaouuudrne o pc,cs uioa pndnnrteseudibvaogiec uaarii óáela nnncc. to creeno, dtnlroitateasts ocati aósdrnpe il radta reona ftbeelaarsjt oass. ei ltaEugbaunoci rrciáaóonnln e ,os necs uceeup l eacponnlncdaisozae o,e r vqlm auluráeágxdnaiam rr ládaones d https://arges.sedelectronica.Gestiona | Página 10 de 14 oqbuleig aa dcoosn tian uparecisóenn staer deent aellla A, iymupnrteasmciienndtiob leb ipeanr ae lp eroscceridtoe rd ae lare cnounntcraiata, cbiióenn: la documentación Q | Verificación: orma esPublico − Tarjeta de demandante de empleo. XR3W2a plataf GNde l −− NN..ºº ddee acufielianctaió bna an claa rSiae gpuarriad aedfe Scotucaiar le. l ingreso de la nómina. TLZNNP2Mamente des PYnic 529X5NXdo electró n: ma Página 10 de 14 Validaciómento fir d. cu óo CD