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Ley Marco de Armas de Fuego, Municiones y Materiales Relacionados PDF

76 Pages·2009·0.57 MB·Spanish
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LLLLeeeeyyyy MMMMaaaarrrrccccoooo ddddeeee aaaarrrrmmmmaaaassss ddddeeee ffffuuuueeeeggggoooo,,,, mmmmuuuunnnniiiicccciiiióóóónnnn yyyy mmmmaaaatttteeeerrrriiiiaaaalllleeeessss rrrreeeellllaaaacccciiiioooonnnnaaaaddddoooossss ““““LLLLeeeeyyyy MMMMaaaarrrrccccoooo ddddeeee aaaarrrrmmmmaaaassss ddddeeee ffffuuuueeeeggggoooo,,,, mmmmuuuunnnniiiicccciiiióóóónnnn yyyy mmmmaaaatttteeeerrrriiiiaaaalllleeeessss rrrreeeellllaaaacccciiiioooonnnnaaaaddddoooossss”””” • PARLATINO, Parlamento Latinoamericano • Foro Parlamentario sobre armas pequeñas y ligeras. • CLAVE, Coalición latinoamericana para la prevención de la violencia armada. • SweFOR, Swedish fellowship of reconciliation. FFFFiiiicccchhhhaaaa TTTTééééccccnnnniiiiccccaaaa.... EEEEddddiiiicccciiiióóóónnnn:::: Segunda DDDDiiiisssseeeeññññoooo ddddeeee llllaaaa TTTTaaaappppaaaa:::: Ediciones del Instituto, Buenos Aires. DDDDiiiisssseeeeññññoooo yyyy DDDDiiiiaaaaggggrrrraaaammmmaaaacccciiiióóóónnnn:::: Ediciones del Instituto, Buenos Aires. AAAAccccttttuuuuaaaalllliiiizzzzaaaacccciiiióóóónnnn yyyy ccccoooorrrrrrrreeeecccccccciiiióóóónnnn:::: Centro de Estudios Judiciales, Asunción. El contenido de los artículos de la presente publicación son de exclusiva responsabilidad de: Foro Parlamentario sobre armas pequeñas y ligeras y CLAVE (Coalición latinoamericana para la prevención de la violencia armada); y ha sido producido con el apoyo económico de SweFOR (Swedish fellowship of reconciliation) y Asdi (Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional), instituciones no responsables del contenido de la publicación. Se puede reproducir y traducir parcialmente el texto publicado siempre que se indique la fuente. TTTTAAAABBBBLLLLAAAA DDDDEEEE CCCCOOOONNNNTTTTEEEENNNNIIIIDDDDOOOOSSSS PPPPRRRREEEESSSSEEEENNNNTTTTAAAACCCCIIIIÓÓÓÓNNNN………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………........ppppáááággggssss.... 5555----7777 EEEEXXXXPPPPOOOOSSSSIIIICCCCIIIIÓÓÓÓNNNN DDDDEEEE MMMMOOOOTTTTIIIIVVVVOOOOSSSS……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………....ppppáááággggssss.... 8888----11113333 AAAARRRRTTTTIIIICCCCUUUULLLLAAAADDDDOOOOSSSS…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………........ppppáááággggssss.... 11114444----66664444 SECCIÓN I: DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO 1: OBJETIVO, COMPETENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN CAPÍTULO 2: PRINCIPIOS SECCIÓN II: DE LOS OBJETOS CAPÍTULO 1: DEFINICIÓN CAPÍTULO 2: CLASIFICACIÓN CAPÍTULO 3: MARCAJE SECCIÓN III: DE LOS SUJETOS CAPÍTULO ÚNICO: PERSONA AUTORIZADA SECCIÓN IV: DE LAS ACTIVIDADES CAPÍTULO 1: ACTIVIDADES AUTORIZADAS SEGÚN LICENCIAS CAPÍTULO 2: DE LAS LICENCIAS CAPÍTULO 3: FABRICACIÓN CAPÍTULO 4: ALMACENAJE CAPÍTULO 5: TRANSPORTE CAPÍTULO 6: TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES CAPÍTULO 7: COMERCIO DOMÉSTICO CAPÍTULO 8: TENENCIA CAPÍTULO 9: PORTE CAPÍTULO 10: INTRODUCCIÓN Y SALIDA CAPÍTULO 11: COLECCIONISMO CAPÍTULO 12: REPARACIÓN CAPÍTULO 13: CAZA DEPORTIVA CAPÍTULO 14: ENTIDADES DE TIRO CAPÍTULO 15: RECARGA DE MUNICIÓN CAPÍTULO 16: INSTRUCCIÓN DE TIRO CAPÍTULO 17: SEGURIDAD PRIVADA CON ARMAS DE FUEGO CAPÍTULO 18: DEL REGISTRO DE ACTIVIDADES SECCIÓN V: DE LOS MECANISMOS DE CONTROL Y CUMPLIMIENTO CAPÍTULO 1: AUTORIDAD DE APLICACIÓN CAPÍTULO 2: INFRACCIONES Y SANCIONES 3 CAPÍTULO 3: PROCEDIMIENTO Y MEDIDAS PRECAUTORIAS CAPÍTULO 4: CONTROL PARLAMENTARIO SECCIÓN VI: DE LA REDUCCIÓN, RECOLECCIÓN Y DESTRUCCIÓN CAPÍTULO 1: REDUCCIÓN DE EXCEDENTES CAPÍTULO 2: RECOLECCIÓN DE ARMAS CAPÍTULO 3: MATERIALES SECUESTRADOS CAPÍTULO 4: DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS SECCIÓN VII: DE LA REGULARIZACIÓN DE LAS EXISTENCIAS SECCIÓN VIII: DISPOSICIONES FINALES CAPÍTULO ÚNICO: LEGISLACIONES CONEXAS NNNNOOOOTTTTAAAASSSS YYYY FFFFUUUUEEEENNNNTTTTEEEESSSS…………………………………………………………………………………………………………………………………………................................................................................................................................................................ppppáááággggssss.... 66665555----77776666 4 PPPPRRRREEEESSSSEEEENNNNTTTTAAAACCCCIIIIÓÓÓÓNNNN En la V Reunión realizada los días 6 y 7 de abril de 2006, en la Ciudad de Buenos Aires, la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), decidió elaborar un proyecto de ley marco sobre control de armas y municiones con la colaboración de la Fundación Viva Rio de Brasil. A raíz de su carácter de miembro de la Coalición Latinoamericana para la Prevención de la Violencia Armada (CLAVE) y en consideración de la posibilidad de enriquecer la colaboración al PARLATINO con la experiencia práctica y jurídica de todos los países de la región y con el intercambio con parlamentarios, Viva Rio invitó al Grupo de Trabajo de Legislación sobre Armas de CLAVE y al Foro Parlamentario sobre Armas Pequeñas y Ligeras al trabajo para la redacción del documento. En Agosto de 2006, el Grupo de Trabajo sobre Legislación de CLAVE, representantes del Foro Parlamentario sobre Armas Pequeñas y Ligeras y asesores parlamentarios de diversos países, con el apoyo de SWEFOR y la Asamblea Nacional de Panamá diseñaron los lineamientos y avanzaron en el desarrollo del Proyecto de Ley Marco. Esta etapa de trabajo culminó con la presentación del Proyecto de Ley Marco sobre Armas, Munición y Materiales Relacionados a la entonces Secretaria de Comisiones, Senadora Sonia M. Escudero y a la Diputada Paola Spátola, Presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO). Durante la VI Reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), realizada los días 19 y 20 de octubre de 2006 en la Ciudad de Montevideo, se resolvió entregar a cada uno de los miembros de la Comisión mixta de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias; y Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado el proyecto de Ley Marco, a efectos de que se analizara el contenido en la próxima reunión. En la VIII Reunión de la Comisión, celebrada en noviembre de 2007 en Bogotá, se retomó el debate sobre el texto del Proyecto de Ley Marco con los aportes de los expertos Antonio Rangel Bandeira de Viva Río, Darío Kosovsky de INECIP y Gustavo Colás, asesor de la Comisión de Seguridad del Senado argentino. Asimismo, el Director Nacional del Registro Nacional de Armas de la Argentina narró la experiencia de las reformas introducidas en la legislación y los avances logrados en materia de control de armas y desarme. Con el decidido impulso de la Secretaria General del Organismo, senadora Sonia Escudero, y de la Presidenta de la Comisión, Diputada Paola Spátola, en octubre de 2008 en la Ciudad de México, la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del PARLATINO alcanzó un consenso favorable para aprobar la Ley Marco. 5 Habiendo sido dictaminado por la Comisión, la Junta Directiva aprobó el texto, que fue elevado a la consideración de la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlatino celebrada en la Asamblea Nacional de Panamá en diciembre de 2008, donde fue aprobada por unanimidad por más de un centenar de parlamentarios de 19 países de la región. Esta ley marco es fruto de un intenso y participativo trabajo auspiciado por el Parlatino, que generó para su elaboración y análisis, un ámbito de debate e intercambio de visiones que articuló el aporte de diversos parlamentarios comprometidos con estos temas, organizaciones de la sociedad civil y expertos en la materia, en pos de brindar a los Parlamentos latinoamericanos los fundamentos para la elaboración de nuevas leyes de combate al tráfico ilícito de armas, y al mal uso de esos productos letales, con el objetivo de hacer de América Latina una región pacífica y más segura para sus pueblos. 6 ¿¿¿¿QQQQUUUUIIIIÉÉÉÉNNNNEEEESSSS SSSSOOOOMMMMOOOOSSSS???? PPPPAAAARRRRLLLLAAAAMMMMEEEENNNNTTTTOOOO LLLLAAAATTTTIIIINNNNOOOOAAAAMMMMEEEERRRRIIIICCCCAAAANNNNOOOO ((((PPPPAAAARRRRLLLLAAAATTTTIIIINNNNOOOO)))) El Parlamento Latinoamericano es un organismo regional, permanente y unicameral de carácter parlamentario, fundado en 1964, que promueve la integración de América Latina y el Caribe y el fortalecimiento de los Parlamentos miembros de 22 países de la región. Entre sus principios y propósitos se destacan la defensa de la democracia, la pluralidad política e ideológica, la condena a la amenaza y uso de la fuerza, la solución justa, pacífica y negociada de las controversias, la prevalencia de los principios de derecho internacional y la contribución a la paz y estabilidad internacionales. Website: www.parlatino.org Contacto: [email protected] FFFFOOOORRRROOOO PPPPAAAARRRRLLLLAAAAMMMMEEEENNNNTTTTAAAARRRRIIIIOOOO SSSSOOOOBBBBRRRREEEE AAAARRRRMMMMAAAASSSS PPPPEEEEQQQQUUUUEEEEÑÑÑÑAAAASSSS YYYY LLLLIIIIGGGGEEEERRRRAAAASSSS El Foro Parlamentario sobre armas pequeñas y ligeras fue creado como una plataforma internacional para los parlamentarios interesados en abordar este difícil tema. El propósito de la organización es apoyar a los parlamentarios en su trabajo con dicho tema, contribuir al avance de la agenda sobre armas cortas, y en proveer espacio a los parlamentarios y la sociedad civil para que puedan encontrarse y unir sus fuerzas. Website: www.parlforum.org Contacto: [email protected] CCCCOOOOAAAALLLLIIIICCCCIIIIÓÓÓÓNNNN LLLLAAAATTTTIIIINNNNOOOOAAAAMMMMEEEERRRRIIIICCCCAAAANNNNAAAA CCCCOOOONNNNTTTTRRRRAAAA LLLLAAAA VVVVIIIIOOOOLLLLEEEENNNNCCCCIIIIAAAA AAAARRRRMMMMAAAADDDDAAAA ((((CCCCLLLLAAAAVVVVEEEE)))) La Coalición Latinoamericana Contra la Violencia Armada es impulsada por organizaciones no gubernamentales que trabajan estos temas desde distintas perspectivas y que buscan reducir los alcances de la violencia con armas y su impacto en el desarrollo de nuestros pueblos. Desde hace ya unos años, numerosas organizaciones cívicas vienen trabajando en América Latina a favor del control de armas y la reducción de la violencia armada. CLAVE está conformada por 167 miembros, teniendo presencia en cada país de la región. Website: www.clave-lat.com Contacto: [email protected] SSSSWWWWEEEEDDDDIIIISSSSHHHH FFFFEEEELLLLLLLLOOOOWWWWSSSSHHHHIIIIPPPP RRRREEEECCCCOOOONNNNCCCCIIIILLLLIIIIAAAATTTTIIIIOOOONNNN ((((SSSSwwwweeeeFFFFOOOORRRR)))) El Swedish Fellowship of Reconciliation es una organización sueca ecuménica de Paz, creada en 1919. En la actualidad tenemos 2 500 miembros. La principal finalidad de SweFOR, es la promoción de la no violencia. Trabajamos por el desarme, la reconciliación, el respeto de los Derechos Humanos, como también por la resolución pacífica de los conflictos. Todo ello, a través de conferencias, seminarios, debates públicos, publicaciones, educación, intercambios, campañas y redes de trabajo nacional e internacional. Website: www.swefor.org Contacto: [email protected] 7 EEEEXXXXPPPPOOOOSSSSIIIICCCCIIIIÓÓÓÓNNNN DDDDEEEE MMMMOOOOTTTTIIIIVVVVOOOOSSSS Violencia con armas de fuego en América Latina América Latina es la región que proporcionalmente más sufre de la violencia armada en el mundo. La tasa anual de muertes ocasionadas mediante el empleo de armas de fuego, asciende a 15,5 por cada 100.000 habitantes; eso se compara con por ejemplo Africa donde la misma tasa es de 7,5, y América del Norte con un 3,9. La violencia armada en América Latina tiene diversas y bien conocidas expresiones: femicidios, violencia juvenil, crimen organizado y conflictos cotidianos que se convierten en tiroteos. Los latinoamericanos están resolviendo sus conflictos con armas y la saturación de armas de fuego en la región – entre 40 a 65 millones – aumenta la letalidad y la gravedad de esa resolución violenta de conflictos. Esta situación implica un desgaste incluso de la misma institucionalidad estatal de los países latinoamericanos. En primer lugar, los costos que conlleva la proliferación de armas de fuego pesan agudamente sobre el gasto público, el cual se canaliza para atender a muertos y heridos por el empleo de armas de fuego. El Banco Interamericano de Desarrollo a su vez estima que la productividad anual de la región se ve reducida en aproximadamente un diez por ciento como consecuencia de las tasas de muertes y heridos por armas de fuego y demás violencia con ellas. En segundo lugar, los sistemas de seguridad pública tampoco pueden responder eficazmente al incremento de la violencia armada, entre otros por el mismo fácil acceso a las armas de fuego y su uso generalizado. Ello resulta en una devaluación de la capacidad de los Estados en brindar seguridad, aumentando de esa manera las percepciones de inseguridad y la demanda por las mismas armas de fuego. Instrumentos relevantes En América Latina y a nivel internacional, fue aproximadamente a mediados de los años noventa que el flagelo de la proliferación de armas pequeñas y ligeras entró en la agenda política. 1 Ello dio pie a varios procesos internacionales, regionales y subregionales y la adopción de instrumentos en la materia, a saber entre otros: • El Programa de Acción 2001 de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos. • El Protocolo 2001 contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. • La Convención Interamericana del 1997 contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados. • El Reglamento Modelo de la Comisión Interamericana Contra el Abuso de Drogas para el Control del Movimiento Internacional de Armas de Fuego, sus Partes y Componentes y Municiones. • Las Decisiones 7/98 y 15/04 del MERCOSUR sobre un Mecanismo conjunto de registro de compradores y vendedores de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados para el MERCOSUR; respectivamente un Memorandum de entendimiento para el intercambio de información sobre la fabricación y el tráfico 8 ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados entre los Estados partes del MERCOSUR. • La Decisión 552 de la Comunidad Andina de Naciones que integra el Plan Andino 2003 para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras. • El Código de Conducta del 2005 de los Estados Centroamericanos en materia de Transferencias de Armas, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados. La existencia y adhesión a esos instrumentos, es prueba de un firme compromiso de los países latinoamericanos en trabajar por el control y desarme de las armas pequeñas y ligeras. Sin lugar a duda, en la región han nacido iniciativas pioneras en la materia. Retos en la regulación de armas de fuego y munición No obstante de lo expuesto, en varios aspectos trascedentales, el compromiso reflejado por los referidos instrumentos, todavía falta por traducirse en acciones concretas que realmente cambien ese cuadro de violencia armada generalizada en América Latina. Ciertamente, la adopción de los instrumentos internacionales ha impulsado, entre otros, reformas de legislaciones sobre armas de fuego, una medida imprescindible para ejercer un correcto control sobre las armas pequeñas y ligeras. Sin embargo, las reformas de las legislaciones sobre armas de fuego se han visto frustradas en varios países de América Latina en el sentido de que no se han alcanzado los resultados esperados. Ello obedece a varios factores, como la necesidad de capacitar a las autoridades de aplicación sobre las legislaciones, de realizar campañas de recolección de armas, de enmarcar en reformas amplias del sector seguridad, etc. Otro factor importante es que las reformas de las legislaciones en pocas ocasiones han partido de un abordaje integral que cubra y regule todos los aspectos y las actividades con armas de fuego, desde su fabricación hasta su destrucción; efectivamente, los mismos instrumentos internacionales arriba referidos, no invitan necesariamente a tal abordaje, enfocando en su mayoría a lo que concierne el tráfico ilícito entre países. Políticas de “control” y “desarme” Igualmente radica un gran reto en la actualidad, en lo que respecta la regulación de armas de fuego, y es el de fusionar dos paradigmas de medidas en la materia: “control” y “desarme”. El primero apunta hacia la ilegalidad, de reducir el excedente de iure que existe en una sociedad, compuesto por armas de fuego en estado ilegal; aquí, lo que preocupa es el desvío de armas, de la legalidad a la ilegalidad. Las medidas del segundo paradigma apuntan a reducir la totalidad de las armas en una sociedad, es decir también las que se encuentran en estado legal, o dicho de otra manera: reducir el excedente de facto cuya expresión más clara son las miles de muertes que el fácil acceso y la circulación de armas, fomenta. Aquí, lo que preocupa es el uso indebido, la presencia injustificada de armas de fuego, sea cual sea el estado de ellas.2 Hasta la fecha, no existe normativa que logre la combinación de esos paradigmas en un instrumento integral y completo. La necesidad de combinar las medidas comprendidas bajo los paradigmas de “control” y “desarme”, se desprende de que aplicar solamente un tipo de medidas, llevará pocas perspectivas de éxito en la reducción, prevención y represión de la violencia con armas de fuego. Por un lado, el control de las armas de fuego no se podrá instalar si la sociedad está 9 saturada por ellas; invariablemente, una presencia alta de armas de fuego conducirá a muertes y heridos por esas armas. Por el otro lado, la retirada de las armas de fuego de la sociedad no alcanzará el objetivo de reducir la violencia armada, si se carece de mecanismos de control que eviten la inyección de nuevas armas a la sociedad y el desvío de ellas a la ilegalidad. El “control” y el “desarme” son condiciones necesarias para reducir la violencia armada, y con perspectivas de ser suficientes, si se combinan entre sí y se acompañan por también otras medidas y reformas del sector seguridad, dirigidas a aumentar la seguridad pública. La necesidad de legislar sobre las armas de fuego y su munición Las tareas legislativas, en materia de control y desarme de armas de fuego y munición, han ocupado un alto lugar en la agenda internacional. En practicamente todos los arriba mencionados instrumentos internacionales, se hace referencia explícita a tales tareas.3 Sin embargo, más allá del entendimiento un tanto técnico y restringido sobre la legislación, que aquellos instrumentos reflejan, mayoritariamente en cuanto al control de ciertos aspectos referente al tráfico ilítico y su represión, existen razones genéricas y plenamente políticas por darle prioridad a las reformas y el perfeccionamiento de legislaciones de armas. Pueden identificarse entre otras las siguientes funciones que cumplen las legislaciones de armas de fuego, munición y materiales relacionados, en el trabajo por el control y desarme de esos materiales: • Se legisla porque se percibe, desde el Estado, que la violencia con armas de fuego constituye un problema para la sociedad y el Estado, un problema que le cabe al Estado resolver.4 • A efectos de ejercer las facultades coercitivas que le corresponde al Estado en la materia, y a efectos de introducir prohibiciones, referente a ciertos tipos de armas y ciertas actividades con ellas, tales facultades y prohibiciones deben estar amparadas en normativas y disposiciones que gocen de un correcto valor jurídico, es decir normalmente con rango de ley (nacional). • Las legislaciones de armas cumplen una función normativa a nivel societal, señalando a la sociedad qué se pretende con la regulación de armas, qué principios rigen y orientan la política en la materia: qué se espera de los ciudadanos y a qué se compromete el Estado.5 • Legislación de armas de fuego y munición es, igualmente, parte integral de cada política pública de seguridad, así como de la política de salud, ya que es a través de esas legislaciones que se define la presencia en la sociedad de objetos que están diseñados para ocasionar daños, y primordialmente daños letales.6 • Legislación sobre armas de fuego y munición es, también, una manera de “comunicarse” con sus países vecinos y la comunidad internacional, algo que es imprescindible para el control de armas de fuego y sus municiones.7 Dicho ello, una última razón para legislar sobre las armas de fuego y munición, es que las legislaciones sobre ellas, vistas como iniciativa y proceso, representan una oportunidad para crear opinión pública y para concertar apoyo por el control y desarme de las armas de fuego; apoyo tanto de las instituciones Estatales que hoy atienden a los problemas que ocasiona la proliferación y el uso indebido de esas armas, como, sobre todo, del conjunto de la sociedad. 10

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“Ley Marco de armas de fuego, munición y materiales relacionados”. • PARLATINO, Parlamento Latinoamericano. • Foro Parlamentario sobre armas
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