CUERPO NACIONAL DE POLICÍA División de Formación y Perfeccionamiento MANUAL BÁSICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL Centro de Actualización y Especialización MANUAL BASICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL MANUAL BÁSICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL Autor: José Mª Benito García NOTA IMPORTANTE Este Manual, es un compendio de técnicas, cuya misión es la de recordar lo que ha sido entrenado (anteriormente) bajo la tutela y dirección de un Instructor o Monitor de Defensa Personal Policial actualizado por la División de Formación y Perfeccionamiento de la dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, de no hacerlo así, se podrían causar lesiones importantes en la persona sobre la que se intente realizar estas técnicas. La impartición del contenido de este Manual por parte de un profesor no cualificado podría dar lugar a las Responsabilidades Penales y Civiles correspondientes en caso de lesión de cualquiera de las personas sujetas a una Intervención Policial. División de Formación y Perfeccionamiento 1 Centro de Actualización y Especialización .. MANUAL BASICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL CONTENIDO CAPITULO І Fundamentos jurídicos para el uso de fuerza física y el empleo de medios auxiliares.......... 5 CAPITULO ІІ Técnicas base de Defensa Personal Policial.. 13 1. Técnicas sin medios auxiliares. .............................................. 14 1.1. Posiciones Fundamentales. ....................................... 14 1.2. Puntos Vulnerables. ................................................... 16 1.3. Técnicas de golpeo. ................................................... 18 1.4. Técnicas de control.- Conducciones. ......................... 23 1.5. Técnicas de proyección. ............................................. 29 1.6. Técnicas de Defensa Personal .ante agresiones con cuchillo. ....................................................................... 33 1.7. Defensa ante Amenaza con Arma corta de fuego...... 38 2. Técnicas con medios auxiliares. ............................................. 40 2.1. Colocación de Grilletes. .............................................. 40 2.2. Utilización del Bastón Policial. .................................... 49 CAPITULO ІІІ Práctica policial. ............................................... 69 1. Situaciones y habilidades profesionales. ............................. 69 2. Patrulla. ................................................................................ 69 3. El Control de Seguridad.- La Distancia de Seguridad. ........ 70 4. La Identificación. .................................................................. 71 5. El Cacheo. ............................................................................ 73 6. La Detención al Paso. .......................................................... 77 7. El Esposamiento. ................................................................. 80 8. Conducciones con grilletes. ................................................. 96 9. Evacuación de heridos. ........................................................ 103 10. Operativa en Vehículos. ....................................................... 104 11. Resistencias Pasivas. .......................................................... 119 12. Protocolo de Reducción de Personas Violentas. ................ 119 12.1. Protocolo de Intervención en Calabozos. ................ 120 12.2. Protocolo de Reducción de personas violentas que están bajo la influencia del alcohol y/o las Drogas... 126 12.3. Protocolo de Reducción de personas con graves trastornos psicológicos. ............................................ 132 División de Formación y Perfeccionamiento 3 Centro de Actualización y Especialización .. MANUAL BASICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL CAPITULO I Fundamentos jurídicos El funcionario policial en el uso de sus atribuciones debe en algún momento hacer uso de la fuerza para resolver determinadas situaciones que se plantean en el ámbito de la operativa policial. El Empleo de la Fuerza esta recogido en las legislaciones de todos los países Democráticos y especialmente en toda la legislación que sale de Naciones Unidas. El Alto Comisionado para los Derechos Humanos, por su parte, desarrolla una serie de cursos para la capacitación de policías en Derechos Humanos y para los mandos policiales, para lo cual se apoya en: • CODIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY (Aprobado por la Asamblea General en su resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979). • PRINCIPIOS BASICOS SOBRE EL EMPLEO DE LA FUERZA Y DE ARMAS DE FUEGO POR LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY que fueron adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y tratamiento del Delincuente, celebrado en 1990. • REGLAS DE JUSTICIA PENAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA POLICÍA DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ (Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal 2.3.- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no utilizaran la fuerza ni la violencia salvo cuando otros medios resulten ineficaces, ni utilizaran mas fuerza que la absolutamente necesaria para alcanzar el objetivo legitimo de hacer cumplir la ley. 5.13.- Los instrumentos de coerción como las esposas, no deberán utilizarse por más tiempo del necesario y nunca como sanciones.), EL EMPLEO DE LA FUERZA Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley utilizarán la fuerza siguiendo los requisitos: División de Formación y Perfeccionamiento 5 Centro de Actualización y Especialización MANUAL BASICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL I. EN PRIMER LUGAR SE HA DE RECURRIR A MEDIOS NO VIOLENTOS. II. SE UTILIZARA LA FUERZA SOLO CUANDO SEA ESTRICTAMENTE NECESARIO. III. SE UTILIZARA LA FUERZA SOLO PARA FINES LICITOS DE APLICACION DE LA LEY. IV. NO SE ADMITIRAN EXCEPCIONES NI EXCUSAS PARA LOS USOS ILEGITIMOS DE LA FUERZA. V. EL USO DE LA FUERZA SERA SIEMPRE PROPORCIONAL A LOS OBJETIVOS LICITOS. VI. LA FUERZA SE UTILIZARA SIEMPRE CON MODERACION. VII. SE REDUCIRAN AL MINIMO LOS DAÑOS Y LAS LESIONES. VIII. SE DISPONDRA DE UNA GAMA DE MEDIOS QUE PERMITA UN USO DIFERENCIADO DE LA FUERZA. IX. TODOS LOS AGENTES DE POLICIA RECIBIRAN ADIESTRAMIENTO EN EL USO DE LOS DISTINTOS MEDIOS PARA EL USO DIFERENCIADO DE LA FUERZA. X. TODOS LOS AGENTES DE POLICIA RECIBIRAN ADIESTRAMIENTO EN EL USO DE MEDIOS NO VIOLENTOS. XI. Todos los países del mundo establecen criterios similares sobre el USO DE LA FUERZA por parte de funcionarios policiales, y en donde la utilización de medios para el uso diferenciado de la fuerza es y ha de ser un denominador común en todos los Cuerpos Policiales en los que la preocupación por los Derechos Humanos sea primordial. LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA Establece unos criterios sobre el USO DE LA FUERZA en: • La Constitución Española artículo 10.1.- La dignidad de la persona , los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. o 10.2.- las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretaran de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España o Articulo 15.- Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. o Articulo 96.- Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una División de Formación y Perfeccionamiento 6 Centro de Actualización y Especialización MANUAL BASICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL organización o instituto internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de esos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión. o Articulo 104.1.- Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. (cid:131) 104.2.-Una ley orgánica determinara las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. • Código Penal articulo 20. 4.. • Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo en sus artículo 5-2c. Son principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad- En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance .. • Ley de Enjuiciamiento Criminal artículo 520.- La detención y la prisión provisional deberán practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio Como resumen general de la legislación española, se establecen los siguientes requisitos para el Empleo de la Fuerza: 1) QUE LA ACTUACIÓN ENTRE EN LA ESFERA DE LAS ATRIBUCIONES PROPIAS DEL AGENTE. 2) QUE SE ENCUENTRE EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES. 3) QUE EXISTA NECESIDAD RACIONAL DE RECURRIR A ELLA ⇒ EN ABSTRACTO.- No existe esta necesidad cuando se golpea a una persona que no opone resistencia a su detención. ⇒ EN CONCRETO.- Si aun habiendo resistencia de un individuo desarmado se recurre a las armas de fuego, en lugar de aplicar técnicas de reducción específicas. 4) UTILIZACION DEL MEDIO MAS IDONEO DISPONIBLE Y CON LA INTENCION ADECUADA DE FORMA QUE : SIENDO EFICAZ, CAUSE LA MENOR LESIVIDAD POSIBLE División de Formación y Perfeccionamiento 7 Centro de Actualización y Especialización MANUAL BASICO DE PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL 5) ADECUANDOSE A LOS PRINCIPIOS BASICOS DE : ∗ CONGRUENCIA.- Adecuación de la técnica concreta a la situación. ∗ OPORTUNIDAD.- Adecuación al momento concreto de la intervención. ∗ PROPORCIONALIDAD.- Adecuación entre la técnica o medio empleado el bien jurídico protegido y el resultado. 6) QUE EL EMPLEO DE LA FUERZA NO OBEDEZCA A MOTIVACIONES PERSONALES CONCRETAS, SINO EN DEFENSA DE LA LEY, EL ORDEN , LA COMUNIDAD, EL CIUDADANO Y EN DEFENSA PROPIA Por lo que se establece una concordancia lógica entre lo que establece Naciones Unidas y el ordenamiento jurídico español. Por otra parte, dentro de la labor que desarrolla EL ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS, se expone de forma documental un manual sobre DERECHOS HUMANOS Y APLICACION DE LA LEY, en el cual se resaltan: 1. LA CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES, entro en vigor en junio de 1987, y en la misma, se decreta que “ los Estados Partes, están obligados a adoptar medidas legislativas, administrativas y judiciales o de otra índole para impedir los actos de tortura, la cual se define como : TODO ACTO POR EL CUAL SE INFLINJAN INTENCIONADAMENTE A UNA PERSONA DOLORES O SUFRIMIENTOS GRAVES, YA SEAN FISICOS O MENTALES CON LOS SIGUIENTES FINES: Obtener de ella información o una confesión y Castigar, intimidar o coaccionar a esa persona. 2. LOS PRINCIPIOS BÁSICOS SOBRE EL EMPLEO DE LA FUERZA Y DE ARMAS DE FUEGO por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley hace hincapié en que SOLO SE PODRA RECURRIR A LA FUERZA CUANDO SEA ESTRICTAMENTE NECESARIO Y SOLO EN LA MEDIDA EN QUE SEA PRECISO PARA LA EJECUCION DE FUNCIONES LEGITIMAS DE APLICACION DE LA LEY y que “ LOS GOBIERNOS Y LOS ORGANISMOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY, EXAMINARAN CONTINUAMENTE LAS CUESTIONES ETICAS RELACIONADAS CON EL EMPLEO DE LA FUERZA”, ello significa que es preciso establecer sistemas para ese examen continuo y tiene repercusiones en los programas de capacitación en los que se aborden los aspectos tanto teóricos como prácticos del uso de la fuerza (183 del manual de capacitación en Derechos Humanos para la policía). 3. Por otra parte el párrafo b del articulo 5 de estos Principios básicos, EXIGE QUE LA POLICIA REDUZCA AL MINIMO LOS DAÑOS Y LESIONES Y RESPETE Y PROTEJA LA VIDA HUMANA ( 256 del manual de capacitación en Derechos Humanos para la policía ), de ahí que se creen las : División de Formación y Perfeccionamiento 8 Centro de Actualización y Especialización
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